Page 5 - Diario 30/03/2022
P. 5

www.ladiscusion.cl                                                                                            Miércoles 30 de marzo de 2022


        Ciudad




        piden ingreso del proyecto a evaluación ambiental
        Vecinos de




        Ñuble alegan



        contra planta




        chancadora



        en Trehuaco



                                                                                  SEA sostiene que el proyecto no debe someterse el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental.
        Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó los alegatos
        en la causa. Aseguran que afectará salud física y mental
        de los pobladores durante 1  años.


        pOR: lA dIScuSIón *[email protected] / FOTOS: lA dIScuSIón


                l Tribunal Ambien-  distancia              Sobre el plano general del
                tal de Valdivia, con                      emplazamiento del proyecto,
                jurisdicción desde   Planta chancadora de áridos   el SEA detalló que la infor-
                Ñuble a Magalla-  se instaló a 200 o 300 metros   mación acompañada por el
        Enes, escuchó este       de las viviendas de algunas   proponente dio cumplimien-
        martes los alegatos corres-  de las recurrentes.  to a los requisitos mínimos
        pondientes a las reclamacio-                      solicitados en el instructivo,
        nes interpuestas por Carol                        permitiendo dimensionar
        Saavedra Saavedra y otras   en los sistemas de vida de los   adecuadamente el emplaza-
        cinco personas naturales,   reclamantes y sus familias. Por   miento del proyecto.
        en contra de la resolución   lo menos durante 15 años, las   El SEA acotó que el pro-
        del Servicio de Evaluación   personas se verán afectados   yecto Planta Chancadora no
        Ambiental (SEA), de la Re-  en salud física y mental por   debe someterse al SEIA.  Del
        gión de Ñuble, que rechazó   la constante exposición a   análisis de los antecedentes
        la solicitud de invalidación   emisiones atmosféricas, por   presentados por el propo-
        en contra de la Res. Ex. N°   la exposición permanente   nente se determinó que el
        20211610141 de 11 de mayo   a ruidos en sus hogares y   proyecto no se enmarca en
        de 2021, que se pronunció   trabajo y por su cercanía con   las causales del art. 10 de
        sobre una consulta de per-  las viviendas.        la Ley 19.300 en relación
        tinencia, resolviendo el no   Por otro lado, añadió, el   con el RSEIA. El objeto de
        ingreso al Sistema de Evalua-  proyecto debe ingresar al   la consulta de pertinencia
        ción de Impacto Ambiental   SEIA, pues complementará   es determinar si, basado
        (SEIA), del “Proyecto Planta   las operaciones de extracción   únicamente en las declara-
        Chancadora”, de la Empresa   de áridos, que datan de va-  ciones y los antecedentes
        Constructora Paola Lamas y   rios años en el predio donde   aportados por el proponente,
        Cía. Limitada.           ahora se instalará la planta   su proyecto debe ingresar al
          En audiencia, vía telemá-  procesadora y la proponente   SEIA según el citado art. 10,
        tica, se presentó la abogada   omite esta extracción en la   sin que deba efectuarse una
        de la parte reclamante y   descripción de su proyecto.   evaluación ambiental de este,
        el abogado del Servicio de   Además, la reclamante sostu-  o determinar la producción o
        Evaluación Ambiental (SEA),   vo que recientemente se de-  no de efectos, características
        de la Región de Ñuble.   claró como humedal urbano   o circunstancias del art. 11
          En la solicitud de invalida-  el Humedal Itata, por lo que,   de dicha ley.
        ción -señaló la reclamante- se   como el proyecto contempla   Por otra parte, puntualizó
        hicieron presente las deficien-  la extracción de áridos, se   que el Servicio de Evaluación
        cias en el contenido mínimo   configura una nueva causal   Ambiental no ha infringido
        de la Consulta de Pertinencia   de ingreso al SEIA.   la facultad discrecional,
        asociadas al lugar en que se                      pues, en concordancia con
        ejecutará el proyecto y en los   Descargos del SEA  el marco normativo aplicable
        planos del proyecto.  la Planta   En tanto, el SEA indicó que   a la consulta de pertinencia,
        Chancadora de Áridos se   el proponente cumple con el   la decisión contenida en
        instaló a 200 o 300 metros de   estándar exigido por la legis-  el acto que la resuelve se
        las viviendas de algunas de las   lación ambiental aplicable a   realiza en base al análisis
        recurrentes, en algunos casos   las Consultas de Pertinencia   de las características y an-
        adultos mayores, o familias   de ingreso al SEIA.  tecedentes indicados por el
        con hijos con enfermedades   El SEA explicó que hubo   proponente.
        que se ven altamente agu-  errores de tipeo sobre el   Agregó que la resolución
        dizadas por la exposición y   período de funcionamiento   impugnada fue debidamen-
        convivencia permanente con   del proyecto, pero en la re-  te motivada, al expresar y
        este proyecto.           solución que resuelve el no   desarrollar ampliamente
          Agregó que la planta pro-  ingreso del proyecto al SEIA,   los motivos que indujeron
        yecta impactos significativos   consta que la etapa de opera-  a la autoridad a rechazar la
                                 ción tendrá una duración de   solicitud de invalidación, a
        contaminación            10 años. Este error de copia   la luz de lo establecido en
                                 nunca podría constituir una   el Reglamento del Sistema
        Vecinos comentan que la   infracción a la descripción   de Evaluación de Impacto
        planta significa exposición a   del proyecto, y menos aún   Ambiental (RSEIA), y de la
        emisiones atmosféricas, por   constituir un vicio que dé   Ley N°19.880.
        la exposición permanente a   lugar a la invalidación, por
        ruidos en sus hogares.   no existir un acto contrario   COMENTA E INFóRMATE MÁS EN:
                                 a derecho, precisó.      www.ladiscusion.cl
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10