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16 Lunes 15 de noviembre de 2021 www.ladiscusion.cl
Económicos
CAMINO PUBLICO; Este, RESTO DEL 2093-34, 1096-224, 1096-92, 1096- COMUNA DE COBQUECURA Solicitud de FUENTES ORTIZ NICOLAS. La publicaciones del art. 23 del Decreto NOTIFICACIÓN
PREDIO; Oeste, CAMINO PUBLICO. El 224 y 1096-92, Comuna de QUILLON, de regularización de derecho de apro- parte afecta a expropiación total de Ley 2.186 para poner en conocimiento 2° Juzgado Civil de Chillán, de
monto provisional de la indemnización REGION DE ÑUBLE, superficies 821, vechamiento de aguas superficiales terreno es de 295,06 m2 y total de del expropiado, arrendatarios y otros fecha 27 de octubre de 2021, en
efectuada por la expropiación del lote 113, 168, 50 y 19 m2 respectivamente. MARÍA ISABEL QUIROZ LATORRE, 208,82 m2 de edificación y, cuyos titulares de derechos, la solicitud de causa Rol N° V-180-2021 “Servicio
expropiado, alcanza a la cantidad de La Comisión de Peritos integrada por Rut: 9.321.283-5, con el objetivo de linderos particulares, enmarcados en la expropiante para tomar posesión de Vivienda y Urbanización Región
$ 1.456.159. VALERIA MARDONEZ LEMA, VALESKA abastecer de agua potable y de uso el plano S16R-055, para el proyecto material del inmueble expropiado, para de Ñuble”, por expropiación parcial
Se avisa a fin que titulares de derechos ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA MAC- de riego para producción básica de “Mejoramiento Avenida Huambali que dentro del plazo de cinco días de terreno del inmueble ubicado en
reales constituidos con anterioridad GUIRE ACEVEDO, mediante informe alimentos para uso de una vivienda comuna de Chillan”, conforme ar- manifiesten decisión de recoger los Almirante Latorre N°95, Rol de Avalúo
al acto expropiatorio y acreedores de tasación de 31 de marzo de 2020, ya ubicada en el predio, se solicita tículo 51 Ley 16.391 y D.L. 2186. frutos pendientes, bajo apercibimiento 00515-00070, comuna de Chillán,
que mediante resoluciones judiciales fijó el monto de la indemnización pro- un derecho de aprovechamiento Comisión Peritos integrada por el indicado en el artículo 21, Decreto Ley de aparente dominio de ROSALES
previas esa fecha embaracen o limiten visional en la cantidad de $8.974.103 consuntivo, por un caudal de 1,5 lt/s Arquitecto don Mario Fabrizzio Bellolio 2.186, de 1978, conminando a titulares GARRIDO JOSÉ ANDRÉS. La super-
dominio expropiado, hagan valer sus para el lote N°261, $553.587 para de ejercicio continuo y permanente Bostica, Constructor Civil don Italo de derechos reales constituidos con ficie afecta a expropiación parcial de
derechos sobre la indemnización, el lote N°266, $2.213.832 para el de las aguas superficiales del estero Rengo Zerga y por el Ingeniero Civil anterioridad acto expropiatorio de terreno es de 33,67 m2, según plano
dentro de veinte días, bajo aperci- lote N°267, $237.650 para el lote Sin Nombre, ubicado en la comuna Industrial don Orlando Javier Paredes, autos y a los acreedores que, antes de expropiación S16R-108, siendo
bimiento legal. Todo conforme D.L. N°268, y $592.354 para el lote de Cobquecura, provincia del Itata, que fijó el monto de la indemnización fecha publicación Diario Oficial, hayan sus deslindes particulares los que
2186 de 1978.– Secretario. N°269. La indemnización se pagará Región Ñuble. Las aguas se captarán provisional por la expropiación, en obtenido resoluciones judiciales que se señalan en la resolución exenta
15/ al contado. La publicación se efectúa de manera mecánica a orillas del la suma de $186.638.188.- Director embaracen o limiten dominio del de expropiación. Conforme artículo
en cumplimiento a lo dispuesto en el estero en un punto definido por las SERVIU Región de Ñuble. expropiado o ejercicio facultades de 51 Ley 16.391 y Decreto Ley Nº2.186
EXTRACTO artículo 7° del Decreto Ley N°2186, coordenadas U.T.M. Este=702016 15/ dueño, para que dentro del plazo 20 tuvo por efectuada consignación suma
Por Decreto MOP. (Exento) Nº964, de 1978. Fiscalía MOP. y Norte=6011234 Las coordenadas días contados desde publicación último de $4.707.467.-, por concepto de
de 18 de octubre de 2021, y en base 15/ U.T.M están referidas al Datum WGS SERVIU REGION DE ÑUBLE aviso, hagan valer sus derechos en valor total de indemnización provi-
a la facultad otorgada por el artículo EXTRACTO 84 huso 18s. NOTIFICACIÓN procedimiento de liquidación monto sional expropiación de autos; ordenó
3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y Por Decreto MOP. (Exento) Nº1008, 15/ EXTRACTO EXPROPIACION indemnización bajo el apercibimiento practicar publicaciones del art. 23 del
105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, de 27 de octubre de 2021, y en base Resolución Exenta Nº 1801 del 04 de que señala el artículo 23 del citado Decreto Ley Nº2.186 para poner en
que fijó el texto refundido, coordinado a la facultad otorgada por el artículo SOLICITA NUEVOS DERECHOS DE noviembre de 2021, SERVIU REGIÓN Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario. conocimiento del expropiado, arren-
y sistematizado de la Ley N°15.840 3° letra a), 10° letra c), 14° letra APROVECHAMIENTO DE AGUAS DE ÑUBLE ordenó expropiación de 15/ datarios y otros titulares de derechos,
y del DFL. MOP. N°206 de 1960, e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de SUBTERRÁNEAS inmueble ubicado en Huambalí 30, la solicitud de la expropiante para
se expropiaron los lotes de terreno 1997, que fijó el texto refundido, JAIME GERMÁN SANZ CONTRERAS, comuna de Chillán, Rol de Avalúo N° NOTIFICACIÓN tomar posesión material del inmueble
N°s.25, 33, 34 y 36, para la obra: coordinado y sistematizado de la chileno, casado, médico, cédula de 00680-00004, de aparente dominio 2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha expropiado, para que dentro del plazo
REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: Ley N°15.840 y del DFL. MOP. identidad número: 8.206.272-6, de FERNANDEZ MALDONADO SAN- 26 de octubre de 2021, en causa Rol de cinco días manifiesten decisión de
CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1), que N°206 de 1960, se expropió el lote solicita un derecho de aprovecha- DRO VICTOR. La superficie afecta a N° V-199-2021 “Servicio de Vivienda recoger los frutos pendientes, bajo
figura a nombre de ULLOA MORENO de terreno N° 259, para la obra: miento de aguas subterráneas de uso expropiación Total es de 208,04 m2 y Urbanización Región de Ñuble”, apercibimiento indicado en el artículo
FERNANDO SERGIO, URIBE VALEN- REPOSICION RUTA 148 SECTOR: consuntivo, permanente y continuo, de terreno y la de expropiación Total por expropiación total de terreno del 21, Decreto Ley Nº2.186, de 1978,
ZUELA ARAN PATRICIO, CANDIA CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME, por un caudal de 3,5 l/s, volumen es de 110,258 m2 de edificaciones, inmueble ubicado en Patricio Lynch 1, conminando a titulares de derechos
LAGOS SERGIO IVAN y FINANCIA que figura a nombre de ALVIAL total anual a solicitar: 110.376 m3, cuyos linderos particulares están Rol de Avalúo 00520-00054, comuna reales constituidos con anterioridad
S.A., roles de avalúo 1180-32, 1180- MENDEZ PAULINA ANDREA, rol para uso de riego de un predio de enmarcados en el plano S16R-165, de Chillán, de aparente dominio de acto expropiatorio de autos y a los
62, 1180-63 y 1180-76, Comuna de de avalúo 2096-147, Comuna de propiedad del solicitante, ubicado para el proyecto “Mejoramiento ESTRADA LUIS GUILLERMO. La acreedores que, antes fecha publi-
CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE, QUILLON, REGION DE ÑUBLE, en comuna de Chillán, provincia de Avenida Huambalí, Chillán”, de la superficie afecta a expropiación total cación Diario Oficial, hayan obtenido
superficies 196, 103, 105 y 287 m2 superficie 852 m2. La Comisión Diguillín, Región de Ñuble, desde un comuna de Chillán, en la Región de de terreno es de 94,55 m2 y 94,55 resoluciones judiciales que embaracen
respectivamente. La Comisión de de Peritos integrada por DANIEL pozo profundo en coordenadas UTM Ñuble, conforme artículo 51 Ley N° m2 de edificaciones, según plano o limiten dominio del expropiado o
Peritos integrada por DORY GISELA AARÓN HEBER CHANDÍA MA- : Norte 5.950.297 m Este 764.047 m, 16.391 y D.L. N° 2.186. Comisión de expropiación S16R-146, siendo ejercicio facultades de dueño, para
DONOSO SALGADO, VALESKA ALÉ RÍN, GONZALO ANDRÉS SUAZO Carta I.G.M. Código: F100 - Chillán, Peritos integrada por el Arquitecto sus deslindes particulares los que que dentro del plazo 20 días contados
GOÑI y MARIA PAMELA MAC- FIGUEROA y ROXANA CECILIA escala 1:50.000, Datum WGS84 HUSO don Mario Fabrizzio Bellolio Bostica, se señalan en la resolución exenta desde publicación último aviso, hagan
GUIRE ACEVEDO, mediante informe ABARZUA GAJARDO, mediante 18 Sur. El modo de extracción será el Arquitecto don Italo Renzo Zerga de expropiación. Conforme artículo valer sus derechos en procedimiento
de tasación de 30 de noviembre de informe de tasación de 10 de por medios mecánicos con un área Arancibia, y por el Ingeniero Civil 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por de liquidación monto indemnización
2020, fijó el monto de la indemni- septiembre de 2018, fijó el monto de protección que se solicita 200 don Orlando Javier Paredes Vásquez, efectuada consignación suma de bajo el apercibimiento que señala el
zación provisional en la cantidad de de la indemnización provisional en metros de radio. que fijó el monto de la indemnización $55.653.454.-, por concepto de valor artículo 23 del citado Decreto Ley
$2.071.188 para el lote N°25, $766.305 la cantidad de $8.964.504 para el 15/ provisional por la expropiación, en total de indemnización provisional Nº2.186. El Secretario.
para el lote N°33, $644.690 para el lote N°259. La indemnización se la suma de $94.457.500.- Director expropiación de autos; ordenó 15/
lote N°34, y $1.531.286 para el lote pagará al contado. La publicación EXTRACTO SERVIU Región de Ñuble. practicar publicaciones del art. 23 del
N°36. La indemnización se pagará al se efectúa en cumplimiento a lo Jacob Israel Flores Aqueveque, RUT 15/ Decreto Ley Nº2. 186 para poner en SOLICITUD DE DERECHOS DE
contado. La publicación se efectúa en dispuesto en el artículo 7° del 16.735.604-4, en representación conocimiento del expropiado, arren- APROVECHAMIENTO CONSUNTIVO
cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley N°2186, de 1978. de FORESTAL LA ISLA SPA., RUT: NOTIFICACIÓN datarios y otros titulares de derechos, DE AGUAS SUBTERRÁNEAS REGIÓN
artículo 7° del Decreto Ley N°2186, Fiscalía MOP. 76.810.381-k, solicita derecho consun- 2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha la solicitud de la expropiante para ÑUBLE PROVINCIA DIGUILLÍN NÚ-
de 1978. Fiscalía MOP. 15/ tivo, ejercicio permanente y continuo 02 de noviembre de 2021, en causa tomar posesión material del inmueble MERO DE EXPEDIENTE ND-1602-710
15/ de agua subterránea, para riego y con- Rol N° V-208-2021 “Servicio de expropiado, para que dentro del plazo RENATO OSCAR MAYA GAC, RUT
EXTRACTO SOLICITUD DE DERE- sumo humano, por un caudal máximo Vivienda y Urbanización Región de de cinco días manifiesten decisión N° 7.237.001-5, solicita derecho de
EXTRACTO CHO DE APROVECHAMIENTO DE de 1.5 l/s y un volumen total anual de Ñuble”, por expropiación total de de recoger los frutos pendientes, aprovechamiento consuntivo, por
Por Decreto MOP. (Exento) Nº1006, AGUAS. 40500 m3 , a extraer mecánicamente terreno y edificaciones del inmueble bajo apercibimiento indicado en el un caudal con distribución mensual
de 27 de octubre de 2021, y en base Octavio Martínez Uribe, RUT: desde pozo profundo en coordenadas ubicado en Huambalí N° 302, Rol artículo 21, Decreto Ley 2.186, de según cuadro, y un volumen anual
a la facultad otorgada por el artículo 9.231.363-8, solicita derechos de UTM 5.931.723m Norte y 248.895 de Avalúo 00643-00007, comuna 1978, conminando a titulares de de 35626 m3/año, de ejercicio
3° letra a), 10° letra c), 14° letra aprovechamiento de uso consuntivo, m Este, Datum WGS de 1984, huso de Chillán, de aparente dominio derechos reales constituidos con permanente y continuo, sobre aguas
e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de de ejercicio permanente y continuo, 19, comuna de Coihueco, Provincia de ARAVENA GUZMAN INES DEL anterioridad acto expropiatorio de subterráneas, en la comuna Bulnes,
1997, que fijó el texto refundido, para regar el predio Lote 1, rol:31-8 de Punilla, Región de Ñuble. Radio CARMEN. La superficie afecta a autos y a los acreedores que, antes Provincia Diguillín, Región Ñuble.
coordinado y sistematizado de la Ley de la comuna de El Carmen, a extraer de protección de 200 metros desde expropiación total de terreno es de fecha publicación Diario Oficial, Se solicita un área de protección de
N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de forma mecánica, sobre las aguas centro del pozo. 648,64 m2 y la superficie afecta a hayan obtenido resoluciones ju- 200 (m). Las aguas se usarán para
de 1960, se expropiaron los lotes subterráneas de un pozo profundo, 15/ expropiación total de edificaciones diciales que embaracen o limiten bebida /uso doméstico /saneamiento,
de terreno N°s.261, 266, 267, 268 localizado en la comuna de El Carmen, corresponde a 307,76 m2, según dominio del expropiado o ejercicio y se captarán de forma mecánica
y 269, para la obra: REPOSICION provincia de Diguillin, región de SERVIU REGION DE ÑUBLE plano de expropiación S16R-115, facultades de dueño, para que dentro desde uno o más puntos definidos
RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA Ñuble. El caudal a extraer es de 1,0 NOTIFICACIÓN siendo sus deslindes particulares los del plazo 20 días contados desde por la(s) coordenada(s): N° 1 Norte
5 - PUENTE QUEIME, que figuran a l/s, volumen total anual de 31.536 EXTRACTO EXPROPIACION que se señalan en la resolución exenta publicación último aviso, hagan valer 5925502 Este 773127 Datum 1984
nombre de LOPEZ RAMIREZ GLADYS metros cúbicos y las coordenadas Resolución Exenta Nº 1807 del 05 de de expropiación. Conforme artículo sus derechos en procedimiento de Huso 18 Distribución de caudal Ene
EUGENIA, SOCIEDAD INVERSIONES E UTM (m) de captación, referidas al noviembre de 2021, SERVIU REGION 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por liquidación monto indemnización 1130 Feb 1130 Mar 1130 Abr 1130
INMOBILIA, TORRES MEDINA VICTOR Datum WGS 84, Huso 18 son: N: DE ÑUBLE ordenó expropiación de efectuada consignación suma de bajo el apercibimiento que señala May 1130 Jun 1130 Jul 1130 Ago
SEGUNDO, SOCIEDAD INVERSIONES 5.912.174, E: 764.935. Se solicita un inmueble ubicado en Collin 734, $234.974.072, por concepto de valor el artículo 23 del citado Decreto Ley 1130 Sep 1130 Oct 1130 Nov 1130
radio de protección de 200 m.
comuna de Chillan, Rol de Avalúo n°
E INMOBILIA y TORRES MEDINA 18 Martes 18 de febrero de 2020 total de indemnización provisional Nº2. 186. El Secretario. Dic 1130 Unidad Lt/s. www.ladiscusion.cl
VICTOR SEGUNDO, roles de avalúo 15/ 00680-00022, de aparente dominio expropiación de autos; ordenó practicar 15/ 15/
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