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Económicos
GO C 07 PROCEDIMIENTO EJECU- julio de 2016 por el cual el deudor la ejecución en contra de doña PA- Señalo para el embargo todos los el pagar, bajo el apercibimiento del al propio ejecutado, bajo su respon-
TIVO MATERIA DEMANDA EJECU- quedó obligado a pagar al Banco, la MELA MAGDALENA SEPULVEDA bienes muebles o inmuebles, corpo- artículo 346 N°3 del C digo de sabilidad legal. Así esta ordenado
TIVA COBRO DE PAGARÉ suma de 734,988533 Unidades de SABATHIER por la cantidad líquida rales e incorporales, de propiedad Procedimiento Civil; por acompaña- por resolución de fecha 8 de Enero
DEMANDANTE BANCO DEL ESTADO Fomento por concepto de capital, 734,351636 Unidades de Fomento, del demandado, a quien propongo do, con citación mandato judicial. de 2019, en los autos caratulados
DE CHILE RUT 97.030.000-7 REPRE- más la suma que resulta al aplicar al equivalentes al 26 de noviembre de como depositario provisional de los En cuanto a la custodia, estese a lo BANCO DEL ESTADO DE “ CHILE
SENTANTE MAXIMILIANO JOSE capital adeudado una tasa de interés 2018 a la suma de $20.208.000.- mismos bajo la responsabilidad legal resuelto el 27 de Diciembre de 2018. CON SEPULVEDA SABATHIER ” con
SANCHEZ DERIO RUT 13.233.382-3 del 4,3% real anual, en 360 cuotas según el valor de dicho índice a esa del caso al propio. Sírvase Us. tener- AL SEGUNDO OTROSÍ Téngase el rol5477-2018 de este Segundo
PATROCINANTE CLAUDIO HERNÁN- mensuales y sucesivas por la suma fecha ($27.518,15 por unidad) más lo presente. TERCER OTROSI: Soli- presente, sobre bienes que aparez- Juzgado Civil de Chillán. Así esta
DEZ SOTOMAYOR RUT 13.860.0008- de 3,601736 Unidades de Fomento intereses penales y costas POR cito a Us. tener presente que mi can de propiedad del ejecutado al ordenado por resolución de fecha
4 APODERADO CLAUDIO HERNÁN- excepto la última de ella por la suma TANTO, en mérito de lo expuesto y personería por el Banco del Estado momento de la traba de embargo. 25 DE MARZO DE 2021 en los autos
D E Z S O T O M AY O R R U T de 3,830994 Unidades de Fomento, de lo prescrito en los artículos 434 de Chile consta de escritura pública AL TERCER OTROSÍ Téngase pre- caratulados “BANCO DEL ESTADO
13.860.008-4 DEMANDADO PAME- con vencimiento la primera de ellas Nº 4 y siguientes del Código de de mandato firmado a través de firma sente y por acompañada, con citación. DE CHILE CON SEPULVEDA” con
LA MAGDALENA SEPULVEDA SA- el día 1 de agosto de 2.016 y las Procedimiento Civil y demás dispo- electrónica avanzada, de fecha 18 de AL CUARTO OTROSÍ: Téngase el rol 5477-2018, de este Segundo
BATHIER RUT 13.044.002-9 EN LO restantes los días 1 de cada uno de siciones legales pertinentes; PIDO A julio de 2018, otorgada ante el No- presente. CUANTIA: 705,073824.- Juzgado Civil de Chillán. A lo
PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y los meses calendarios siguientes a US. se sirva tener por interpuesta tario de Santiago don Álvaro Gonzá- Unidades de Fomento, equivalentes principal, téngase presente. Al
mandamiento de ejecución y embar- partir de dicha fecha; pactándose que demanda ejecutiva en contra de la lez Salinas, el cuál es acompañado al 26 de Noviembre de 2018 a la otrosí, notifíquese la demanda a doña
go; PRIMER OTROSI: Acompaña en caso de mora o simple retardo se suscriptor doña PAMELA MAGDA- en Otrosí en formato pdf a estos suma de $19.402.327.- En Chillan, Pamela Magdalena Sepúlveda Sa-
documento y custodia; SEGUNDO devengarían intereses penales a razón LENA SEPULVEDA SABATHIER, ya autos, con citación. POR TANTO, a ocho de Enero de dos mil dieci- bathier, RUT N°13.044.002-9, por
OTROSI: Bienes para embargo y de la tasa pactada más un 50% de la individualizada; admitirla a tramitación, RUEGO A US. tenerlo por acompa- nueve, se notificó por el estado medio de tres avisos publicados en
depositario; TERCER OTROSI: Se misma, y que el Banco podría hacer disponiendo se despache manda- ñado. CUARTO OTROSÍ: Ruego a Us. diario, la resolución precedente. el diario La Discusión de Chillán y
tenga presente; CUARTO OTROSÍ: de inmediato exigible el total del miento de ejecución y embargo en tener presente que patrocina esta Firmo María Alejandra Cruz Vial. en el Diario Oficial, correspondien-
Patrocinio y poder. S. J. L. MAXIMI- saldo como sí fuera de plazo vencido. su contra por la cantidad líquida de gestión la Abogado habilitada para MANDAMIENTO. Chillán, 8 de te a los días primero y quince de
LIANO JOSE SANCHEZ DERIO, Es del caso que solo se pagaron las 734,351636 Unidades de Fomento, el ejercicio profesional Claudio Enero 2019.- El Receptor Judicial cualquier mes o al día siguiente,
Abogado habilitada para el ejercicio primeras 21 cuotas del pagaré, es- equivalentes al 26 de noviembre de Hernández Sotomayor, a quien con- que se designe, en calidad de Mi- avisos que contendrán los mismos
profesional, domiciliada para estos tando todas las restantes cuotas in- 2018 a la suma de $20.208.000.- fiero poder, con las facultades de nistro de fe, requerir de pago a datos que se exigen para la notifi-
efectos en Chillán, calle Maipón 833, solutas, cuyo capital el 10 de mayo según el valor de dicho índice a esa ambos incisos del artículo 7º del PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA cación personal, conforme lo indica
en representación según se acredi- de 2018 asciende en total a la suma fecha ($27.518,15 por unidad) demás Código de Procedimiento Civil, los SABATHIER, con domicilio en el artículo 54 del Código de Proce-
tará del BANCO DEL ESTADO DE de 734,351636 Unidades de Fomen- intereses penales y costas, conte- que doy por reproducidos, domici- Chillán, Las Crisálidas, Pilmayken dimiento Civil, y la necesaria para
CHILE, sociedad anónima bancaria, to, equivalentes al 26 de noviembre niéndose en el mandamiento la orden liada en Chillán, 18 de septiembre 147, para que en el momento de la su adecuada inteligencia. Para los
del giro de su denominación, repre- de 2018 a la suma de $20.208.000.- de requerirle de pago y la de embar- 671 oficina 201. MAXIMILIANO JOSE intimación, pague a BANCO DEL efectos del requerimiento de pago,
sentada a su vez por su gerente ge- según el valor de dicho índice a esa garle bienes suficientes si no efec- SANCHEZ DERIO C.I. 13.233.382-3 ESTADO DE CHILE, la cantidad de cítesele a la audiencia a celebrarse
neral ejecutivo don Juan Cooper fecha ($27.518,15 por unidad) y que tuare el pago en el acto de su intima- Abogado HERNANDEZ SOTOMAYOR 705,073824.- Unidades de Fomen- al quinto día hábil contado desde la
Álvarez, ingeniero comercial, domi- el Banco pudo exigir a partir del día ción; y, en definitiva, acoger la CLAUDIO C.I. 13.860.008-4 Aboga- to, equivalentes al 26 de noviembre fecha de la última publicación, a las
ciliada para estos efectos en Santia- 11 de mayo de 2018, y que viene en presente demanda en todas sus do. El tribunal proveyó: Chillan, ocho de 2018 a la suma de $19.402.327.- 09:30 horas y si recayere en día sá-
go, Avda. Libertador Bernardo hacer exigible en este acto, de acuer- partes, ordenando se siga adelante de Enero de dos mil diecinueve Por .-, más los intereses que en derecho bado, al día hábil siguiente a la
O’Higgins Nº 1.111, a Us. digo: Que do a la cláusula de aceleración y de la ejecución hasta el entero pago de acompañada liquidación de deuda, correspondan. Si no efectuare el misma hora, la que se llevar a efecto
el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, capitalización de intereses pactada. lo adeudado, en capital, intereses y con citación. Habiéndose cumplido pago, trábese embargo en bienes en Secretaría del Tribunal, ubicado
ya individualizado, es dueño y bene- La firma en el pagaré se encuentran costas. PRIMER OTROSI: Acompaño, con lo ordenado, se provee la de- propios del ejecutado equivalente en calle Bulnes N°545, de Chillán.
ficiario 1 pagaré, suscrito por doña autorizada ante Notario Público, de con citación: 1.- Pagare indicado en manda: A LO PRINCIPAL: Despáche- al monto antes señalado, más las En Chillán, a veinticinco de Marzo
PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA modo tal que el pagaré tiene mérito lo principal de la demanda. 2.- Man- se solo hasta por la cantidad de costas de la ejecución, principiando de dos mil veintiuno, se notifica por
SABATHIER, de quien se ignora su ejecutivo. Siendo la deuda líquida, dato en que consta mi personería por 705,073824.- Unidades de Fomento, por los bienes muebles que guar- el estado diario, la resolución prece-
profesión u oficio, domiciliado en actualmente exigible y estando la parte demandante.- POR TANTO, equivalentes al 26 de noviembre de necen el domicilio del ejecutado. Se dente. Firmo Milena Andrea Aedo
18 Martes 18 de febrero de 2020 contenida en título ejecutivo no RUEGO A US. tener por acompañado 2018 a la suma de $19.402.327.- AL www.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
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ha designado depositario provisio-
Chillán, Las Crisalidas, Pilmayken
Zapata.
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Martes 18 de febrero de 2020
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Martes 18 de febrero de 2020
147. Pagaré suscrito con fecha 20 de prescrito, corresponde se despache los documentos. SEGUNDO OTROSI: PRIMER OTROSÍ Por acompañado nal de los bienes que se embarguen 24/29
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