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18 Jueves 24 de junio de 2021 www.ladiscusion.cl
Económicos
EXTRACTO O’Higgins Nº 1.111, a Us. digo: Que capitalización de intereses pactada. costas. PRIMER OTROSI: Acompaño, manda: A LO PRINCIPAL: Despáche- que guarnecen el domicilio del eje-
Resolución 25 de Marzo 2021, del el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, La firma en el pagaré se encuentran con citación: 1.- Pagare indicado en se solo hasta por la cantidad de cutado. Se ha designado depositario
Segundo Juzgado Civil Chillán, ya individualizado, es dueño y bene- autorizada ante Notario Público, de lo principal de la demanda. 2.- Man- 705,073824.- Unidades de Fomento, provisional de los bienes que se
causa Rol 5477/2018 caratulada ficiario 1 pagaré, suscrito por doña modo tal que el pagaré tiene mérito dato en que consta mi personería por equivalentes al 26 de noviembre de embarguen al propio ejecutado, bajo
“BANCO ESTADO CON SEPULVEDA”, PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA ejecutivo. Siendo la deuda líquida, la parte demandante.- POR TANTO, 2018 a la suma de $19.402.327.- AL su responsabilidad legal. Así esta
se ha ordenado notificar por avisos SABATHIER, de quien se ignora su actualmente exigible y estando RUEGO A US. tener por acompañado PRIMER OTROSÍ Por acompañado ordenado por resolución de fecha 8 de
en los diarios demanda ejecutiva profesión u oficio, domiciliado en contenida en título ejecutivo no los documentos. SEGUNDO OTROSI: el pagar, bajo el apercibimiento del Enero de 2019, en los autos caratulados
contra doña Pamela Magdalena Se- Chillán, Las Crisalidas, Pilmayken prescrito, corresponde se despache Señalo para el embargo todos los artículo 346 N°3 del C digo de Proce- BANCO DEL ESTADO DE “ CHILE CON
pulveda Sabathier, que es del tenor 147. Pagaré suscrito con fecha 20 de la ejecución en contra de doña PA- bienes muebles o inmuebles, corpo- dimiento Civil; por acompañado, con SEPULVEDA SABATHIER ” con el
siguiente: CIUDAD: CHILLAN CÓDI- julio de 2016 por el cual el deudor MELA MAGDALENA SEPULVEDA rales e incorporales, de propiedad citación mandato judicial. En cuanto a rol5477-2018 de este Segundo Juzga-
GO C 07 PROCEDIMIENTO EJECU- quedó obligado a pagar al Banco, la SABATHIER por la cantidad líquida del demandado, a quien propongo la custodia, estese a lo resuelto el 27 do Civil de Chillán. Así esta ordenado
TIVO MATERIA DEMANDA EJECU- suma de 734,988533 Unidades de 734,351636 Unidades de Fomento, como depositario provisional de los de Diciembre de 2018. AL SEGUNDO por resolución de fecha 25 DE MARZO
TIVA COBRO DE PAGARÉ Fomento por concepto de capital, equivalentes al 26 de noviembre de mismos bajo la responsabilidad legal OTROSÍ Téngase presente, sobre bienes DE 2021 en los autos caratulados
DEMANDANTE BANCO DEL ESTADO más la suma que resulta al aplicar al 2018 a la suma de $20.208.000.- del caso al propio. Sírvase Us. tener- que aparezcan de propiedad del ejecu- “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON
DE CHILE RUT 97.030.000-7 REPRE- capital adeudado una tasa de interés según el valor de dicho índice a esa lo presente. TERCER OTROSI: Soli- tado al momento de la traba de embar- SEPULVEDA” con el rol 5477-2018,
SENTANTE MAXIMILIANO JOSE del 4,3% real anual, en 360 cuotas fecha ($27.518,15 por unidad) más cito a Us. tener presente que mi go. AL TERCER OTROSÍ Téngase de este Segundo Juzgado Civil de
SANCHEZ DERIO RUT 13.233.382-3 mensuales y sucesivas por la suma intereses penales y costas POR personería por el Banco del Estado presente y por acompañada, con Chillán. A lo principal, téngase presen-
PATROCINANTE CLAUDIO HERNÁN- de 3,601736 Unidades de Fomento TANTO, en mérito de lo expuesto y de Chile consta de escritura pública citación. AL CUARTO OTROSÍ: te. Al otrosí, notifíquese la demanda a
DEZ SOTOMAYOR RUT 13.860.0008- excepto la última de ella por la suma de lo prescrito en los artículos 434 de mandato firmado a través de firma Téngase presente. CUANTIA: doña Pamela Magdalena Sepúlveda
4 APODERADO CLAUDIO HERNÁN- de 3,830994 Unidades de Fomento, Nº 4 y siguientes del Código de electrónica avanzada, de fecha 18 de 705,073824.- Unidades de Fomento, Sabathier, RUT N°13.044.002-9, por
D E Z S O T O M AY O R R U T con vencimiento la primera de ellas Procedimiento Civil y demás dispo- julio de 2018, otorgada ante el No- equivalentes al 26 de Noviembre de medio de tres avisos publicados en el
13.860.008-4 DEMANDADO PAME- el día 1 de agosto de 2.016 y las siciones legales pertinentes; PIDO A tario de Santiago don Álvaro Gonzá- 2018 a la suma de $19.402.327.- En diario La Discusión de Chillán y en el
LA MAGDALENA SEPULVEDA SA- restantes los días 1 de cada uno de US. se sirva tener por interpuesta lez Salinas, el cuál es acompañado Chillan, a ocho de Enero de dos mil Diario Oficial, correspondiente a los
BATHIER RUT 13.044.002-9 EN LO los meses calendarios siguientes a demanda ejecutiva en contra de la en Otrosí en formato pdf a estos diecinueve, se notificó por el estado días primero y quince de cualquier mes
PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y partir de dicha fecha; pactándose que suscriptor doña PAMELA MAGDA- autos, con citación. POR TANTO, diario, la resolución precedente. o al día siguiente, avisos que contendrán
mandamiento de ejecución y embar- en caso de mora o simple retardo se LENA SEPULVEDA SABATHIER, ya RUEGO A US. tenerlo por acompa- Firmo María Alejandra Cruz Vial. los mismos datos que se exigen para
go; PRIMER OTROSI: Acompaña devengarían intereses penales a razón individualizada; admitirla a tramitación, ñado. CUARTO OTROSÍ: Ruego a Us. MANDAMIENTO. Chillán, 8 de la notificación personal, conforme lo
documento y custodia; SEGUNDO de la tasa pactada más un 50% de la disponiendo se despache manda- tener presente que patrocina esta Enero 2019.- El Receptor Judicial indica el artículo 54 del Código de
OTROSI: Bienes para embargo y misma, y que el Banco podría hacer miento de ejecución y embargo en gestión la Abogado habilitada para que se designe, en calidad de Minis- Procedimiento Civil, y la necesaria
depositario; TERCER OTROSI: Se de inmediato exigible el total del su contra por la cantidad líquida de el ejercicio profesional Claudio tro de fe, requerir de pago a PAMELA para su adecuada inteligencia. Para
tenga presente; CUARTO OTROSÍ: saldo como sí fuera de plazo vencido. 734,351636 Unidades de Fomento, Hernández Sotomayor, a quien con- MAGDALENA SEPULVEDA SABA- los efectos del requerimiento de pago,
Patrocinio y poder. S. J. L. MAXIMI- Es del caso que solo se pagaron las equivalentes al 26 de noviembre de fiero poder, con las facultades de THIER, con domicilio en Chillán, Las cítesele a la audiencia a celebrarse
LIANO JOSE SANCHEZ DERIO, primeras 21 cuotas del pagaré, es- 2018 a la suma de $20.208.000.- ambos incisos del artículo 7º del Crisálidas, Pilmayken 147, para que al quinto día hábil contado desde la
Abogado habilitada para el ejercicio tando todas las restantes cuotas in- según el valor de dicho índice a esa Código de Procedimiento Civil, los en el momento de la intimación, fecha de la última publicación, a las
profesional, domiciliada para estos solutas, cuyo capital el 10 de mayo fecha ($27.518,15 por unidad) demás que doy por reproducidos, domici- pague a BANCO DEL ESTADO DE 09:30 horas y si recayere en día sá-
efectos en Chillán, calle Maipón 833, de 2018 asciende en total a la suma intereses penales y costas, conte- liada en Chillán, 18 de septiembre CHILE, la cantidad de 705,073824.- bado, al día hábil siguiente a la
en representación según se acredi- de 734,351636 Unidades de Fomen- niéndose en el mandamiento la orden 671 oficina 201. MAXIMILIANO JOSE Unidades de Fomento, equivalentes misma hora, la que se llevar a efecto
tará del BANCO DEL ESTADO DE to, equivalentes al 26 de noviembre de requerirle de pago y la de embar- SANCHEZ DERIO C.I. 13.233.382-3 al 26 de noviembre de 2018 a la suma en Secretaría del Tribunal, ubicado
CHILE, sociedad anónima bancaria, de 2018 a la suma de $20.208.000.- garle bienes suficientes si no efec- Abogado HERNANDEZ SOTOMAYOR de $19.402.327.-.-, más los intereses en calle Bulnes N°545, de Chillán.
del giro de su denominación, repre- según el valor de dicho índice a esa tuare el pago en el acto de su intima- CLAUDIO C.I. 13.860.008-4 Aboga- que en derecho correspondan. Si no En Chillán, a veinticinco de Marzo
sentada a su vez por su gerente ge- fecha ($27.518,15 por unidad) y que ción; y, en definitiva, acoger la do. El tribunal proveyó: Chillan, ocho efectuare el pago, trábese embargo de dos mil veintiuno, se notifica por
neral ejecutivo don Juan Cooper el Banco pudo exigir a partir del día presente demanda en todas sus de Enero de dos mil diecinueve Por en bienes propios del ejecutado el estado diario, la resolución prece-
dente. Firmo Milena Andrea Aedo
Álvarez, ingeniero comercial, domi-
equivalente al monto antes señalado,
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18 Martes 18 de febrero de 2020 11 de mayo de 2018, y que viene en partes, ordenando se siga adelante acompañada liquidación de deuda, www.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
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Martes 18 de febrero de 2020
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Martes 18 de febrero de 2020
la ejecución hasta el entero pago de
hacer exigible en este acto, de acuer-
Zapata.
más las costas de la ejecución,
con citación. Habiéndose cumplido
ciliada para estos efectos en Santia-
go, Avda. Libertador Bernardo do a la cláusula de aceleración y de lo adeudado, en capital, intereses y con lo ordenado, se provee la de- principiando por los bienes muebles 24/29
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