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18   Jueves 24 de junio de 2021                                                                                           www.ladiscusion.cl


           Económicos



           EXTRACTO                 O’Higgins Nº 1.111, a Us. digo: Que   capitalización de intereses pactada.   costas. PRIMER OTROSI: Acompaño,   manda: A LO PRINCIPAL: Despáche-  que guarnecen el domicilio del eje-
           Resolución 25 de Marzo 2021, del   el BANCO DEL ESTADO DE CHILE,   La firma en el pagaré se encuentran   con citación: 1.- Pagare indicado en   se solo hasta por la cantidad de   cutado. Se ha designado depositario
           Segundo Juzgado Civil Chillán,   ya individualizado, es dueño y bene-  autorizada ante Notario Público, de   lo principal de la demanda. 2.- Man-  705,073824.- Unidades de Fomento,   provisional de los bienes que se
           causa Rol 5477/2018 caratulada   ficiario 1 pagaré, suscrito por doña   modo tal que el pagaré tiene mérito   dato en que consta mi personería por   equivalentes al 26 de noviembre de   embarguen al propio ejecutado, bajo
           “BANCO ESTADO CON SEPULVEDA”,   PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA   ejecutivo. Siendo la deuda líquida,   la parte demandante.- POR TANTO,   2018 a la suma de $19.402.327.- AL   su responsabilidad legal. Así esta
           se ha ordenado notificar por avisos   SABATHIER, de quien se ignora su   actualmente exigible y estando   RUEGO A US. tener por acompañado   PRIMER OTROSÍ Por acompañado   ordenado por resolución de fecha 8 de
           en los diarios demanda ejecutiva   profesión u oficio, domiciliado en   contenida en título ejecutivo no   los documentos. SEGUNDO OTROSI:   el pagar, bajo el apercibimiento  del   Enero de 2019, en los autos caratulados
           contra doña Pamela Magdalena Se-  Chillán, Las Crisalidas, Pilmayken   prescrito, corresponde se despache   Señalo para el embargo todos los   artículo 346 N°3 del C digo de Proce-  BANCO DEL ESTADO DE “ CHILE CON
           pulveda Sabathier, que es del tenor   147. Pagaré suscrito con fecha 20 de   la ejecución en contra de doña PA-  bienes muebles o inmuebles, corpo-  dimiento Civil; por acompañado, con   SEPULVEDA SABATHIER ” con el
           siguiente: CIUDAD: CHILLAN CÓDI-  julio de 2016 por el cual el deudor   MELA MAGDALENA SEPULVEDA   rales e incorporales, de propiedad   citación mandato judicial. En cuanto a   rol5477-2018 de este Segundo Juzga-
           GO C 07 PROCEDIMIENTO EJECU-  quedó obligado a pagar al Banco, la   SABATHIER por la cantidad líquida   del demandado, a quien propongo   la custodia, estese a lo resuelto el 27   do Civil de Chillán. Así esta ordenado
           TIVO MATERIA DEMANDA EJECU-  suma de 734,988533 Unidades de   734,351636 Unidades de Fomento,   como depositario provisional de los   de Diciembre de 2018. AL SEGUNDO   por resolución de fecha 25 DE MARZO
           TIVA  COBRO  DE  PAGARÉ   Fomento por concepto de capital,   equivalentes al 26 de noviembre de   mismos bajo la responsabilidad legal   OTROSÍ Téngase presente, sobre bienes   DE 2021 en los autos caratulados
           DEMANDANTE BANCO DEL ESTADO   más la suma que resulta al aplicar al   2018 a la suma de $20.208.000.-   del caso al propio. Sírvase Us. tener-  que aparezcan de propiedad del ejecu-  “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON
           DE CHILE RUT 97.030.000-7 REPRE-  capital adeudado una tasa de interés   según el valor de dicho índice a esa   lo presente. TERCER OTROSI: Soli-  tado al momento de la traba de embar-  SEPULVEDA” con el rol 5477-2018,
           SENTANTE MAXIMILIANO JOSE   del 4,3% real anual, en 360 cuotas   fecha ($27.518,15 por unidad) más   cito a Us. tener presente que mi   go. AL TERCER OTROSÍ Téngase   de este Segundo Juzgado Civil de
           SANCHEZ DERIO RUT 13.233.382-3   mensuales y sucesivas por la suma   intereses penales y costas POR   personería por el Banco del Estado   presente y por acompañada, con   Chillán. A lo principal, téngase presen-
           PATROCINANTE CLAUDIO HERNÁN-  de 3,601736 Unidades de Fomento   TANTO, en mérito de lo expuesto y   de Chile consta de escritura pública   citación. AL CUARTO OTROSÍ:   te. Al otrosí, notifíquese la demanda a
           DEZ SOTOMAYOR RUT 13.860.0008-  excepto la última de ella por la suma   de lo prescrito en los artículos 434   de mandato firmado a través de firma   Téngase  presente.  CUANTIA:   doña Pamela Magdalena Sepúlveda
           4 APODERADO CLAUDIO HERNÁN-  de 3,830994 Unidades de Fomento,   Nº 4 y siguientes del Código de   electrónica avanzada, de fecha 18 de   705,073824.- Unidades de Fomento,   Sabathier, RUT N°13.044.002-9, por
           D E Z   S O T O M AY O R   R U T   con vencimiento la primera de ellas   Procedimiento Civil y demás dispo-  julio de 2018, otorgada ante el No-  equivalentes al 26 de Noviembre de   medio de tres avisos publicados en el
           13.860.008-4 DEMANDADO PAME-  el día 1 de agosto de 2.016 y las   siciones legales pertinentes; PIDO A   tario de Santiago don Álvaro Gonzá-  2018 a la suma de $19.402.327.- En   diario La Discusión de Chillán y en el
           LA MAGDALENA SEPULVEDA SA-  restantes los días 1 de cada uno de   US. se sirva tener por interpuesta   lez Salinas, el cuál es acompañado   Chillan, a ocho de Enero de dos mil   Diario Oficial, correspondiente a los
           BATHIER RUT 13.044.002-9 EN LO   los meses calendarios siguientes a   demanda ejecutiva en contra de la   en Otrosí en formato pdf a estos   diecinueve, se notificó por el estado   días primero y quince de cualquier mes
           PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y   partir de dicha fecha; pactándose que   suscriptor doña PAMELA MAGDA-  autos, con citación. POR TANTO,   diario, la resolución precedente.   o al día siguiente, avisos que contendrán
           mandamiento de ejecución y embar-  en caso de mora o simple retardo se   LENA SEPULVEDA SABATHIER, ya   RUEGO A US. tenerlo por acompa-  Firmo María Alejandra Cruz Vial.   los mismos datos que se exigen para
           go; PRIMER OTROSI: Acompaña   devengarían intereses penales a razón   individualizada; admitirla a tramitación,   ñado. CUARTO OTROSÍ: Ruego a Us.   MANDAMIENTO. Chillán, 8 de   la notificación personal, conforme lo
           documento y custodia; SEGUNDO   de la tasa pactada más un 50% de la   disponiendo se despache manda-  tener presente que patrocina esta   Enero 2019.- El Receptor Judicial   indica el artículo 54 del Código de
           OTROSI: Bienes para embargo y   misma, y que el Banco podría hacer   miento de ejecución y embargo en   gestión la Abogado habilitada para   que se designe, en calidad de Minis-  Procedimiento Civil, y la necesaria
           depositario; TERCER OTROSI: Se   de inmediato exigible el total del   su contra por la cantidad líquida de   el ejercicio profesional Claudio   tro de fe, requerir de pago a PAMELA   para su adecuada inteligencia. Para
           tenga presente; CUARTO OTROSÍ:   saldo como sí fuera de plazo vencido.   734,351636 Unidades de Fomento,   Hernández Sotomayor, a quien con-  MAGDALENA SEPULVEDA SABA-  los efectos del requerimiento de pago,
           Patrocinio y poder. S. J. L. MAXIMI-  Es del caso que solo se pagaron las   equivalentes al 26 de noviembre de   fiero poder, con las facultades de   THIER, con domicilio en Chillán, Las   cítesele a la audiencia a celebrarse
           LIANO JOSE SANCHEZ DERIO,   primeras 21 cuotas del pagaré, es-  2018 a la suma de $20.208.000.-   ambos incisos del artículo 7º del   Crisálidas, Pilmayken 147, para que   al quinto día hábil contado desde la
           Abogado habilitada para el ejercicio   tando todas las restantes cuotas in-  según el valor de dicho índice a esa   Código de Procedimiento Civil, los   en el momento de la intimación,   fecha de la última publicación, a las
           profesional, domiciliada para estos   solutas, cuyo capital el 10 de mayo   fecha ($27.518,15 por unidad) demás   que doy por reproducidos, domici-  pague a BANCO DEL ESTADO DE   09:30 horas y si recayere en día sá-
           efectos en Chillán, calle Maipón 833,   de 2018 asciende en total a la suma   intereses penales y costas, conte-  liada en Chillán, 18 de septiembre   CHILE, la cantidad de 705,073824.-   bado, al día hábil siguiente a la
           en representación según se acredi-  de 734,351636 Unidades de Fomen-  niéndose en el mandamiento la orden   671 oficina 201. MAXIMILIANO JOSE   Unidades de Fomento, equivalentes   misma hora, la que se llevar a efecto
           tará del BANCO DEL ESTADO DE   to, equivalentes al 26 de noviembre   de requerirle de pago y la de embar-  SANCHEZ DERIO C.I. 13.233.382-3   al 26 de noviembre de 2018 a la suma   en Secretaría del Tribunal, ubicado
           CHILE, sociedad anónima bancaria,   de 2018 a la suma de $20.208.000.-   garle bienes suficientes si no efec-  Abogado HERNANDEZ SOTOMAYOR   de $19.402.327.-.-, más los intereses   en calle Bulnes N°545, de Chillán.
           del giro de su denominación, repre-  según el valor de dicho índice a esa   tuare el pago en el acto de su intima-  CLAUDIO C.I. 13.860.008-4 Aboga-  que en derecho correspondan. Si no   En Chillán, a veinticinco de Marzo
           sentada a su vez por su gerente ge-  fecha ($27.518,15 por unidad) y que   ción; y, en definitiva, acoger la   do. El tribunal proveyó: Chillan, ocho   efectuare el pago, trábese embargo   de dos mil veintiuno, se notifica por
           neral ejecutivo don Juan Cooper   el Banco pudo exigir a partir del día   presente demanda en todas sus   de Enero de dos mil diecinueve Por   en bienes propios del ejecutado   el estado diario, la resolución prece-
                                                                                                                                        dente. Firmo Milena Andrea Aedo
           Álvarez, ingeniero comercial, domi-
                                                                                                               equivalente al monto antes señalado,
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 18  Martes 18 de febrero de 2020   11 de mayo de 2018, y que viene en   partes, ordenando se siga adelante   acompañada liquidación de deuda,  www.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
                                                                                                             www.ladiscusion.cl
                Martes 18 de febrero de 2020
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                                    hacer exigible en este acto, de acuer-
                                                                                                                                        Zapata.
                                                                                                               más las costas de la ejecución,
                                                                                      con citación. Habiéndose cumplido
           ciliada para estos efectos en Santia-
           go, Avda. Libertador Bernardo   do a la cláusula de aceleración y de   lo adeudado, en capital, intereses y   con lo ordenado, se provee la de-  principiando por los bienes muebles   24/29
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