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Económicos
total de indemnización provisional don Mario Fabrizzio Bellolio Bostica, expropiado o ejercicio facultades de Ley 2.186 para poner en conocimiento antes fecha publicación Diario EXTRACTO
expropiación de autos; ordenó practicar Constructor Civil don Italo Renzo Zerga dueño, para que dentro del plazo 20 del expropiado, arrendatarios y otros Oficial, hayan obtenido resoluciones 1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN, en
publicaciones del art. 23 del Decreto Arancibia y por el Ingeniero Civil don días contados desde publicación último titulares de derechos, la solicitud de judiciales que embaracen o limiten causa V-80-2020, por resolución del
Ley 2.186 para poner en conocimiento Orlando Javier Paredes Vasquez, que aviso, hagan valer sus derechos en la expropiante para tomar posesión dominio del expropiado o ejercicio 10/06/2021, se concedió la posesión
del expropiado, arrendatarios y otros fijó el monto de la indemnización procedimiento de liquidación monto material del inmueble expropiado, para facultades de dueño, para que dentro efectiva de la herencia testada de
titulares de derechos, la solicitud de provisional por la expropiación, en indemnización bajo el apercibimiento que dentro del plazo de cinco días del plazo 20 días contados desde Dulia Guacolda Alderete Burgos,
la expropiante para tomar posesión la suma de $6.871.848.- Director que señala el artículo 23 del citado manifiesten decisión de recoger los publicación último aviso, hagan RUN Nº 3.446.032-9, a la Asociación
material del inmueble expropiado, para SERVIU Región de Ñuble. Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario. frutos pendientes, bajo apercibimiento valer sus derechos en procedimiento Cristiana Testigos de Jehová, RUT
que dentro del plazo de cinco días 15/ 15/ indicado en el artículo 21, Decreto Ley de liquidación monto indemnización Nº 65.501.350-4, de conformidad
manifiesten decisión de recoger los 2.186, de 1978, conminando a titula- bajo el apercibimiento que señala el al testamento otorgado el 5/1/2015
frutos pendientes, bajo apercibimiento SERVIU REGION DE ÑUBLE NOTIFICACIÓN res de derechos reales constituidos artículo 23 del citado Decreto Ley en Notaria de don Joaquín Tejos
indicado en el artículo 21, Decreto Ley NOTIFICACIÓN 2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha con anterioridad acto expropiatorio Nº2. 186. El Secretario. Henríquez.
2.186, de 1978, conminando a titulares EXTRACTO EXPROPIACION 16 de junio de 2021, en causa Rol N° de autos y a los acreedores que, 15/ Secretario.
de derechos reales constituidos con Resolución Exenta Nº 841 del 06 V-89-2021 “Servicio de Vivienda y
anterioridad acto expropiatorio de de julio de 2021, SERVIU REGION Urbanización Región de Ñuble”, por
autos y a los acreedores que, antes DE ÑUBLE ordenó expropiación expropiación parcial del inmueble
fecha publicación Diario Oficial, hayan de inmueble ubicado en Avenida en Huambali 58 LT 2, Rol de Avalúo
obtenido resoluciones judiciales que Huambalí N° 22, comuna de Chillan, 00680-00023, de la comuna de Chillán.
embaracen o limiten dominio del Rol de Avalúo n° 00680-00002, de La superficie afecta a expropiación
expropiado o ejercicio facultades de aparente dominio de SUC.VENEGAS parcial es de 154,69 m2 de terreno
dueño, para que dentro del plazo 20 QUIJADA ANA ANDREA. La parte y 41,00 m2 total de edificación según
días contados desde publicación último afecta a expropiación total de terreno plano de expropiación S16R-022,
aviso, hagan valer sus derechos en es de 224,42 m2(Lote 3) y total de siendo sus deslindes particulares los
procedimiento de liquidación monto edificación es de 156,79 m2, cuyos que se señalan en la resolución exenta
indemnización bajo el apercibimiento linderos particulares, enmarcados en de expropiación. Conforme artículo
que señala el artículo 23 del citado el plano S16R-015, para el proyecto 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por
Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario. “Mejoramiento Avenida Huambali efectuada consignación suma de
15/ comuna de Chillan”, conforme $47.550.792.,por concepto de valor
artículo 51 Ley 16.391 y D.L. 2186. total de indemnización provisional
SERVIU REGION DE ÑUBLE Comisión Peritos integrada por el expropiación de autos; ordenó practicar
NOTIFICACIÓN Arquitecto don Mario Fabrizzio publicaciones del art. 23 del Decreto
EXTRACTO EXPROPIACION Bellolio Bostica, Constructor Civil Ley 2.186 para poner en conocimiento
Resolución Exenta Nº 842 del 06 don Italo Renzo Zerga Arancibia y del expropiado, arrendatarios y otros
de julio de 2021, SERVIU REGION por el Ingeniero Civil don Orlando titulares de derechos, la solicitud de
DE ÑUBLE ordenó expropiación Javier Paredes Vasquez, que fijó la expropiante para tomar posesión
de inmueble ubicado en Avenida el monto de la indemnización material del inmueble expropiado, para
Huambalí N° 28, comuna de Chillan, provisional por la expropiación, en que dentro del plazo de cinco días
Rol de Avalúo n° 00680-00003, de la suma de $85.179.546.- Director manifiesten decisión de recoger los
aparente dominio de DEL VALLE URRA SERVIU Región de Ñuble. frutos pendientes, bajo apercibimiento
MONICA DEL CARMEN. La parte 15/ indicado en el artículo 21, Decreto Ley
afecta a expropiación total de terreno 2.186, de 1978, conminando a titulares
es de 199,69 m2(Lote 6) y total de NOTIFICACIÓN de derechos reales constituidos con
edificación es de 115,39 m2, cuyos 2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha anterioridad acto expropiatorio de
linderos particulares, enmarcados en 16 de junio de 2021, en causa Rol N° autos y a los acreedores que, antes
el plano S16R-017, para el proyecto V-91-2021 “Servicio de Vivienda y fecha publicación Diario Oficial, hayan
“Mejoramiento Avenida Huambali Urbanización Región de Ñuble”, por obtenido resoluciones judiciales que
comuna de Chillan”, conforme artículo expropiación parcial del inmueble en embaracen o limiten dominio del
51 Ley 16.391 y D.L. 2186. Comisión Huambali 698 LT 4, Rol de Avalúo expropiado o ejercicio facultades de
Peritos integrada por el Arquitecto 00680-00016, de la comuna de Chillán. dueño, para que dentro del plazo 20
don Mario Fabrizzio Bellolio Bostica, La superficie afecta a expropiación total días contados desde publicación último
Constructor Civil don Italo Renzo Zerga es de 3,45 m2 de terreno y 134,58 aviso, hagan valer sus derechos en
Arancibia y por el Ingeniero Civil don m2 total de edificación según plano procedimiento de liquidación monto
Orlando Javier Paredes Vasquez, que de expropiación S16R-021, siendo indemnización bajo el apercibimiento
fijó el monto de la indemnización sus deslindes particulares los que que señala el artículo 23 del citado
provisional por la expropiación, en se señalan en la resolución exenta Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario.
la suma de $97.149.576.- Director de expropiación. Conforme artículo 15/
SERVIU Región de Ñuble. 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por
15/ efectuada consignación suma de NOTIFICACIÓN
$32.926.182.-,por concepto de valor 2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha
SERVIU REGION DE ÑUBLE total de indemnización provisional 16 de junio de 2021, en causa Rol N°
NOTIFICACIÓN expropiación de autos; ordenó practicar V-90-2021 “Servicio de Vivienda y
EXTRACTO EXPROPIACION publicaciones del art. 23 del Decreto Urbanización Región de Ñuble”, por
Resolución Exenta Nº 840 del 06 Ley 2.186 para poner en conocimiento expropiación total del inmueble en
de julio de 2021, SERVIU REGION del expropiado, arrendatarios y otros Huambali 64, Rol de Avalúo 00680-
DE ÑUBLE ordenó expropiación de titulares de derechos, la solicitud de 00009, de la comuna de Chillán. La
inmueble ubicado en Avenida Collin la expropiante para tomar posesión superficie afecta a expropiación total
Int N° 699, comuna de Chillan, Rol material del inmueble expropiado, para es de 573,72 m2 de terreno y 228,04
de Avalúo n° 00680-00017, de que dentro del plazo de cinco días m2 total de edificación según plano
aparente dominio de SUC.RUBILAR manifiesten decisión de recoger los de expropiación S16R-023, siendo
FIGUEROA OMAR. La parte afecta a frutos pendientes, bajo apercibimiento sus deslindes particulares los que
expropiación parcial de terreno es de indicado en el artículo 21, Decreto Ley se señalan en la resolución exenta
30,39 m2(Lote 13) y cuyos linderos 2.186, de 1978, conminando a titulares de expropiación. Conforme artículo
particulares, enmarcados en el plano de derechos reales constituidos con 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por
S16R-020, para el proyecto “Mejo- anterioridad acto expropiatorio de efectuada consignación suma de
ramiento Avenida Huambali comuna autos y a los acreedores que, antes $238.557.870.-.,por concepto de valor
de Chillan”, conforme artículo 51
18
18 Martes 18 de febrero de 2020 fecha publicación Diario Oficial, hayan total de indemnización provisional www.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
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Martes 18 de febrero de 2020
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obtenido resoluciones judiciales que
expropiación de autos; ordenó practicar
Martes 18 de febrero de 2020
Ley 16.391 y D.L. 2186. Comisión
Peritos integrada por el Arquitecto embaracen o limiten dominio del publicaciones del art. 23 del Decreto
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