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www.ladiscusion.cl Jueves 4 de febrero de 2021 11
Política El municipio deberá adoptar
medidas pertinentes, con el
propósito de cumplir con las
disposiciones legales”.
investigación contraloría
informe nº 34 de 2020
ente constató que siguió percibiendo sueldo y dirigiendo sesiones de concejo, pese a estar suspendido
Contraloría: Felipe Aylwin debió dejar
su cargo mientras fue investigado
además, alcalde (s) de chillán viejo, Domingo Pillado, incurrió en una falta al no convocar al concejo para elegir autoridad
suplente. Órgano instruyó procedimiento disciplinario con el fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas.
Por: isabel charlin. *[email protected] / foto: cristian cáceres
ontraloría Regional tras un largo persistir en la comisión de delitos No competirá
de Ñuble dio a co- proceso que ministeriales que merezcan pena
nocer los resultados comenzó aflictiva”. el alcalde de chillán Viejo,
de la investigación en 2014, También se observó la existencia felipe aylwin, no irá a la
cespecial efectuada el alcalde, de actos administrativos firmados reelección, pues ya cumplió
en la Municipalidad de Chillán felipe por el alcalde titular en períodos con los tres períodos que
Viejo por la Unidad de Control aylwin, fue en que se encontraba incapacitado establece la normativa.
Externo, sobre incumplimiento absuelto de temporalmente para cumplir sus
de lo dispuesto en los artículos funciones, circunstancia que
61 y 62, de la ley N° 18.695, que la acusación infringe lo previsto en el citado de convocar a la sesión del concejo
establecen las causales de incapa- por fraude artículo 61, de la ley N° 18.695. “El municipal que debía proceder a
cidad temporal para el desempeño al fisco. municipio deberá, en lo sucesivo, la elección de alcalde suplente,
del cargo de alcalde. apegarse fielmente al ordenamiento asimismo, el incumplimiento
Las principales preguntas de jurídico, respecto de la subroga- con lo consignado en el oficio N°
la auditoría efectuada, que fue ción cuando un funcionario se 1.321, de 2019, de Contraloría,
evacuada el 29 de enero pasado, Además de encuentre impedido para el des- que fue dirigido al alcalde (S)
fueron si el alcalde titular de la percibir suel- empeño efectivo de sus funciones, de la Municipalidad de Chillán
comuna, Felipe Aylwin (PS), per- do, Aylwin con el objetivo de dar estricto Viejo. Al respecto, el municipio
cibió remuneraciones o viáticos, utilizó el ve- cumplimiento de los principios deberá apegarse
mientras estuvo incapacitado hículo mu- de servicialidad del Estado y de estrictamente al ordenamiento
para ejercer su cargo, en virtud nicipal para continuidad del servicio público”, jurídico, respecto de la subrogación
del artículo 61 de la ley N°18.695, trasladarse. se lee en el informe. o suplencia, cuando un funciona-
en el marco del juicio que se siguió Se constató, además, que en rio se encuentre impedido para
en su contra por fraude al fisco; los períodos en que Aylwin se el desempeño efectivo de sus
si operó el mecanismo de reem- encontraba temporalmente inca- funciones.
plazo de subrogación o suplencia, pacitado para el ejercicio del cargo,
mientras el alcalde se encontraba las actas del concejo municipal Procedimiento disciplinario
incapacitado temporalmente, en un total de $33.487.657, que si razón de un acto de autoridad $33 de Chillán Viejo, dan cuenta Además de las recomendaciones
virtud del artículo 61 de la ley bien no deberá ser devuelto, pues constitutivo de fuerza mayor, por que estas fueron presididas por efectuadas por el órgano contralor,
N°18.695; y si presidió Aylwin el el alcalde fue absuelto del juicio, lo que el pago de remuneración millones y él. Lo anterior, constituye una éste instruyó un procedimiento
concejo municipal, aun cuando el documento plantea que en lo mientras el alcalde se encontraba medio perci- reiteración del incumplimiento disciplinario en el municipio con
se encontraba inhabilitado tem- sucesivo, el municipio deberá suspendido, significó no incurrir bió durante de lo señalado en los artículos 61, el fin de determinar las eventuales
poralmente. adoptar medidas pertinentes, en mayores gastos para el muni- ocho meses 62, 78 y 85, de la ley N° 18.695, responsabilidades administrati-
Entre los principales resultados con el propósito de cumplir con cipio por conceptos de multas e en los que por lo que el municipio deberá, en vas por incumplimiento de los
de la investigación, se verificó que las disposiciones legales vigentes, intereses en el pago de cotizaciones debió estar lo sucesivo, apegarse fielmente al artículos antes individualizados
el alcalde de la comuna percibió al momento de efectuar pagos previsionales”. suspendido. ordenamiento jurídico, respecto de de la ley N° 18.695 y, además, no
sus remuneraciones en forma de remuneraciones, en similares Contraloría, en tanto, planteó la subrogación cuando el alcalde acatar las instrucciones y dictá-
íntegra y continua, aun cuando circunstancias. que la normativa estableció “la titular se encuentre impedido menes emanados de Contraloría
en los períodos comprendidos El municipio sostuvo que suspensión en el cargo de una au- para el desempeño efectivo de Regional.
entre el 30 de octubre y el 4 de resultaba procedente el pago de toridad acusada por un delito que sus funciones, con el objetivo LA DISCUSIÓN intentó co-
diciembre de 2018, y desde el 11 remuneraciones al alcalde, toda merece pena aflictiva como una de dar estricto cumplimiento de municarse con el alcalde Felipe
de febrero hasta el 30 de agosto de vez que el Tribunal de Juicio Oral vía precautoria efectiva, tendiente los principios de servicialidad Aylwin para conocer su versión,
2019, se encontraba incapacitado en lo Penal de Chillán, el 30 de a evitar que, por el hecho de con- del Estado y de continuidad del sin embargo, se encuentra de
temporalmente para cumplir sus agosto de 2019, dictó veredicto tinuar en funciones, las máximas servicio público. vacaciones y no contestó su
funciones, pues perdió su derecho absolutorio en favor de Felipe autoridades de la municipalidad El informe observó, al mismo teléfono móvil.
a sufragio por estar acusado de un Aylwin, “por lo que debe estimarse puedan aprovecharse de su posi- tiempo, incumplimiento por parte
delito que merece pena aflictiva. que el referido servidor ha estado ción, para entrabar algún proceso del alcalde subrogante -Domingo coMenta e inforMate MÁs en:
Aylwin percibió por dicho período impedido para desempeñarse en penal dirigido en su contra, o para Pillado-, respecto de su obligación www.ladiscusion.cl
Arnoldo Jiménez (PPD) renuncia a la
presidencia del Consejo Regional
Durante la sesión ordinaria tiembre de 2018, y el cual tuvo noviembre de 2019 a julio de
de ayer del Consejo Regional como fecha de término enero de 2020; y Arnoldo Jiménez (PPD),
de Ñuble, se aceptó la renuncia 2021. Dicho documento buscó Quien asuma, desde julio de 2020 a enero de
voluntaria del consejero Arnoldo poder mantener los equilibrios durará en el 2021. En una próxima comisión
Jiménez (PPD) a la presidencia políticos y darle gobernabilidad cargo hasta de Gobierno, se evaluará quién
del órgano colegiado. Las próxi- al funcionamiento del ente que lo haga ejercerá el cargo hasta la llegada
mas semanas se definirá el nuevo colegiado. el nuevo del nuevo gobernador regional,
presidente, y por el momento, En el acuerdo se encontra- gobernador en junio de este año.
asumirá la subrogancia el conse- ban estipulados los tiempos de regional. Los consejeros que aún no
jero Hernán Álvarez (Ind.). presidencia de tres miembros han ejercido esta función son
Este cambio se debe al “Pacto del Consejo Regional: Javier Jezer Sepúlveda (UDI) -quien es
Político de Gobernabilidad”, Ávila (RN), desde septiembre candidato a gobernador regio-
acuerdo que realizaron los de 2018 a noviembre de 2019; nal-, Rodrigo Dinamarca (RN)
consejeros regionales en sep- Hernán Álvarez (Ind.), desde y John Andrades (PR).