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www.ladiscusion.cl Jueves 28 de mayo de 2020 11
Política Lo dijimos junto a la concejala Un fallo que marca un
Lucrecia Flores y lo confirmó el TER,
precedente, sin embargo,
el alcalde Gebríe ha hecho abuso de
debemos esperar la
los recursos de la municipalidad” instancia de apelación”
fElIpE hARboE joRgE SAbAg
senAdor ppd dipuTAdo dc
Por notable abandono de deberes e infracción grave a la Probidad administrativa
Tribunal Electoral Regional
destituye a alcalde de San Carlos
TER determinó que en compras de terrenos por el municipio, saltándose la exigencia de licitación, utilizó
información privilegiada para beneficio propio y de terceros, además de usar bienes y recursos municipales para
su provecho. Además favoreció con contrataciones a parientes de su pareja.
poR: isAbel chArlin *[email protected] / foTo: lA discusión
8 cargos reunió la soli- beneficio propio y de terceros,
citud de remoción del ha empleado bienes y utilizado
alcalde de la comuna recursos municipales en pro-
de San Carlos, Hugo vecho propio y de terceros, ha
1 Naim Gebríe Asfura, omitido y eludido la licitación
por las causales de contravención pública en forma reiterada, fa-
grave a las normas de probidad vorece abiertamente a personas
administrativa y notable aban- que se encuentran en estrecha
dono de deberes en el ejercicio y personalmente vinculadas
de sus funciones. con su pareja y las parientes
Fue interpuesta ante el Tri- de ésta, donde ha tenido un
bunal Electoral Regional (TER) interés personal, afectando con
por los concejales Lucrecia su actuar de manera reiterada el
Flores Rodríguez, Mario Sabag patrimonio municipal”.
Couchot y Jorge Arturo Silva El fallo agrega que, en realidad,
Fuentes, quienes denunciaron “hubieran bastado solo algunos
al alcalde sancarlino por varias de los cargos acreditados para
irregularidades durante su admi- dar lugar a la reclamación,
nistración municipal, entre ellas no obstante este tribunal en
contratación de familiares en el cumplimiento de la normativa
consistorio y compra de terrenos legal se ha pronunciado sobre
en los alrededores de la comuna todos ellos”.
saltándose el procedimiento de Frente a ello, el TER le im-
licitación pública, para "beneficio puso además la sanción de
propio y de terceros", como lo inhabilitación para el ejercicio
estableció el fallo del TER. de cualquier cargo público por
El TER, en su resolución, el término de cinco años. El
fechada el 27 de mayo de 2020, el citado terreno no existía de tener con la misma empresa, tribunal detalló que la sanción de
establece que “los cargos que se jurídicamente como lote a esa como persona natural, suscrito 18 remoción operará, ejecutoriada
le formula al alcalde del 1 al 8 data, toda vez que formaba parte un contrato de arriendo de un que sea la presente sentencia
corresponden a infracción grave del fundo Llahuimávida, pues la inmueble de su propiedad, ubi- definitiva, conforme a lo que
a la probidad administrativa por subdivisión que generó al Lote cado en el título Llahuimávida, dispone el inciso octavo del
vulneración principalmente de 15 fue posterior al acuerdo del camino a San Agustín, kilómetro ACuSACIoNES artículo 60 de la Ley Orgánica
normas de la Ley 18.575. Los Concejo Municipal. El alcalde 1 de San Carlos, comprobado de Municipalidades, quedando,
cargos 9 al 18, son esencial- no acompañó todos los antece- por la Contraloría General de enviaron los concejales el sancionado, suspendido de su
mente por notable abandono dentes y documentos que exige República en el oficio N° 1.135, de san carlos al Tribunal cargo tan pronto le sea notificada
de deberes”. la legalidad para suscribir este de 30 de enero del 2016”. esta sentencia”.
Frente a ello, el tribunal tipo de contrato, privando a los También Gebríe fue cues- electoral regional
resolvió que el “alcalde de la integrantes del Concejo Munici- tionado por “graves infraccio- “Hay hechos graves”
Municipalidad de San Carlos, pal de conocer los antecedentes nes al principio de probidad Tras conocerse el fallo, el
don Hugo Naim Gebrie Asfura, determinantes y sustanciales administrativa por conflicto flictos de interés, toda vez que ha senador por Ñuble del PPD,
ha incurrido en contravenciones para la toma de decisiones en de interés con privilegios a su aumentado considerablemente Felipe Harboe, comentó: “Lo
graves a las normas sobre pro- el proceso en curso, dejándose conviviente y familiares directos”. el número de incorporaciones dijimos junto a la concejala
bidad administrativa y además de aplicar también los plazos La acusación se basa en un fallo de familiares directos de su Lucrecia Flores y lo confirmó
en notable abandono de sus legales para la tramitación, anterior del mismo Tribunal pareja doña Nayaret Domínguez el TER, el alcalde Gebríe ha
deberes, ya que todos los hechos estudio y acuerdos del Concejo Electoral Regional del Bío Bío, Aguilera, o amistades coligadas a hecho abuso de los recursos de
descritos y probados en el cuerpo Municipal”. dictado en la causa rol 2.614 de la familia Domínguez Aguilera, la municipalidad. Hay hechos
de esta resolución configuran Otro de los puntos cuestio- 2011, se dejó establecido que el lo que afectó la debida impar- graves y estamos a analizando
ambas causales, lo que permite nados por los ediles , que revisó alcalde Gebríe había ocurrido cialidad que exigía el ejercicio recurrir a la Fiscalía”.
la remoción de su cargo”. el TER, fue una acusación de en una irregularidad por la de su cargo, otorgando a estas En tanto, el diputado Jorge
infracción grave a la probidad contratación del hermano de mismas personas además pri- Sabag comentó al cierre de
Las acusaciones administrativa al suscribirse su pareja, Nayaret Domínguez vilegios arbitrarios”. esta edición que la decisión
Uno de los 18 cargos de- por el alcalde modificaciones Aguilera, determinándose que del Tribunal Electoral Re-
nunciados por los concejales contractuales con la empresa ello configuraba una violación Remoción gional es “un fallo que marca
corresponde a la compra de concesionaria de recolección del artículo 62 de la ley 18.575, Debido a estas y otras acusa- un precedente, sin embargo,
un terreno el 14 de noviembre de aseo domiciliario, a pesar de en cuanto a que la imparciali- ciones, presentes en un fallo de debemos esperar la instancia de
de 2012, retazo del fundo Ll- tener un vínculo contractual con dad del alcalde se encontraba 678 páginas, el TER estableció apelación. Esto nos deja claro
ahuimávida, denominado Lote ella como persona natural. comprometida en este tipo de que “los cargos acreditados que nadie está por sobre la ley
15, con el objetivo de unir los En el fallo se establece que decisiones, por lo que en el futuro apreciando la prueba como y que debemos siempre actuar
caminos públicos de San Camilo “lo anterior se funda en que el debía abstenerse en situaciones jurado, y las normas legales bajo sus parámetros. Esperemos
y Monte Blanco, por la suma de alcalde incurrió en transgresión similares. citadas son demostrativos que que este suceso termine de la
$30.000.000. “La negociación al principio de probidad admi- El fallo establece que “sin el alcalde Hugo Naim Gebrie mejor forma posible y que
con el vendedor del terreno nistrativa al suscribir modifica- embargo, la autoridad comu- Asfura ha ejecutado actos con- permita traer confianza a las
habría sido realizada direc- ciones al contrato de Concesión nal, desoyendo el mandato del trarios a la probidad adminis- instituciones”.
tamente por el alcalde, quien de Recolección de Residuos Tribunal Electoral, ha incurrido trativa. En efecto, el alcalde, a
definió precio y condiciones, domiciliarios por la empresa posteriormente a dicho fallo, y modo de síntesis, ha utilizado CoMENTA E INfóRMATE MÁS EN:
con pleno conocimiento que Jorge Arnaboldi Cáceres, a pesar en forma permanente, en con- información privilegiada para www.ladiscusion.cl