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16   Miércoles 1° de julio de 2020                                                                                        www.ladiscusion.cl






























































           PRIMERA PUBLICACIÓN           vence el 13 DE OCTUBRE DE 2020, bajo   Cancélese PARCIALMENTE la inscripción   de DIGUILLÍN, Region de ÑUBLE, Rol Nº   Cancélese PARCIALMENTE la inscripción
           SANEAMIENTOS DE TITULOS DE    apercibimiento de ordenar la inscripción   de a Fjs. 2810 Nº 1988 del Registro de   1092-436, Superficie Total 1.984,26 m2,   de a Fjs. 3659 Nº 2424 del Registro de
                                         a favor del solicitante FERNANDO JAVIER
                                                                       Propiedad del Conservador de Bienes
                                                                                                     y sus deslindes son: SITIO N°1 NORESTE :
                                                                                                                                   Propiedad del Conservador de Bienes
           DOMINIO D.L 2695/79           OSORIO OLAVE Exp.Nº 98538, RURAL,   Raíces de BULNES, del año 2012.   Camino vecinal en línea quebrada de dos   Raíces de BULNES, del año 2012.
                                         Lugar: SANTA ANA DE CAIMACO, Predio:                        parcialidades de 9,57 metros y 16,20
                                         LA ESPERANZA; Comuna de QUILLÓN,   4.- Resolución E-24437 de fecha   metros que lo separa de la Sucesión
           PROVINCIA DE DIGUILLÍN        Provincia de DIGUILLÍN, Region de   25/06/2020 que ordena la publicación   Melgarejo Olave. SURESTE : Sitio N°2   COMUNA DE EL CARMEN
                                         ÑUBLE, Rol Nº 1092-105, Superficie   la siguiente solicitud para inscripción de   de José Félix Núñez Carrasco en 18,35
           COMUNA DE QUILLÓN             Total 628,43 m2, y sus deslindes son:   Propiedad en la comuna y Sector señalado   metros, línea quebrada de 47,17 metros   7.- Resolución Nº E-24432 de fecha
                                         HIJUELA 2 NORTE : Gaetano Gutiérrez   en la Región de Ñuble, conforme al   y 21,89 metros, separado por cerco.   25/06/2020 que ordena la publicación
           1.- Resolución E-24436 de fecha   Gutiérrez en 35,85 metros, separado   Art. 11 del D.L. 2695 del año 1979,   SUROESTE: Sucesión Oróstica Olave en   la siguiente solicitud para inscripción de
           25/06/2020 que ordena la publicación   por cerco. ESTE : Hijuela 3 de Zulema   terceros interesados tienen 60 días   línea quebrada de dos parcialidades de   Propiedad en la comuna y Sector señalado
           la siguiente solicitud para inscripción de   Lilian Osorio Olave en 22,23 metros,   hábiles desde la segunda publicación   12,50 metros y 10,53 metros, separado   en la Región de Ñuble, conforme al
           Propiedad en la comuna y Sector señalado   separado por cerco. SUR : Camino de   para deducir oposición, plazo que   por cerco. NOROESTE: Sucesión Lara   Art. 11 del D.L. 2695 del año 1979,
           en la Región de Ñuble, conforme al   acceso que lo separa de María Cantalicia   vence el 13 DE OCTUBRE DE 2020, bajo   Arriagada en línea quebrada de tres   terceros interesados tienen 60 días
           Art. 11 del D.L. 2695 del año 1979,   Olave Gajardo en 31,86 metros, separado   apercibimiento de ordenar la inscripción   parcialidades de 30,00 metros, 11,33   hábiles desde la segunda publicación
           terceros interesados tienen 60 días   por cerco. OESTE : Hijuela 1 de Grismelia   a favor del solicitante EMA DEL CARMEN   metros y 61,60 metros, separado por   para deducir oposición, plazo que
           hábiles desde la segunda publicación   Del Carmen Osorio Olave en 17,96   OSORIO OLAVE Exp.Nº 98516, RURAL,   cerco. Cancélese PARCIALMENTE la   vence el 13 DE OCTUBRE DE 2020, bajo
           para deducir oposición, plazo que   metros, separado por cerco. Cancélese   Lugar: SANTA ANA DE CAIMACO, Predio:   inscripción de a Fjs. 3659 Nº 2424 del   apercibimiento de ordenar la inscripción
           vence el 13 DE OCTUBRE DE 2020, bajo   PARCIALMENTE la inscripción de a Fjs.   EL CASTAÑO; Comuna de QUILLÓN,   Registro de Propiedad del Conservador   a favor del solicitante EDUARDO ANTONIO
           apercibimiento de ordenar la inscripción   2810 Nº 1988 del Registro de Propiedad   Provincia de DIGUILLÍN, Region de   de Bienes Raíces de BULNES, del año   MUÑOZ SANDOVAL Exp.Nº 102892,
           a favor del solicitante GRISMELIA DEL   del Conservador de Bienes Raíces de   ÑUBLE, Rol Nº 1092-105, Superficie   2012.   URBANO, Lugar: EL CARMEN, Dirección:
           CARMEN OSORIO OLAVE Exp.Nº 98528,   BULNES, del año 2012.   Total 736,83 m2, y sus deslindes son:                       CALLE GENERAL BAQUEDANO S/Nº;
           RURAL, Lugar: SANTA ANA DE CAIMACO,                         HIJUELA 4 NORTE : Gaetano Gutiérrez   6.- Resolución E-24430 de fecha   Comuna de EL CARMEN, Provincia de
           Predio: EL AROMO; Comuna de QUILLÓN,   3.- Resolución E-24433 de fecha   Gutiérrez En 23,03 metros, separado   25/06/2020 que ordena la publicación   DIGUILLÍN, Region de ÑUBLE, Rol Nº
           Provincia de DIGUILLÍN, Region de   25/06/2020 que ordena la publicación   por cerco. ESTE : Sucesión Mora en   la siguiente solicitud para inscripción de   131-92, Superficie Total 400,87 m2, y
           ÑUBLE, Rol Nº 1092-105, Superficie   la siguiente solicitud para inscripción de   27,03 metros, separado por cerco.   Propiedad en la comuna y Sector señalado   sus deslindes son: SITIO Nº 1 NORESTE :
           Total 470,58 m2, y sus deslindes son:   Propiedad en la comuna y Sector señalado   SUR : María Cantalicia Olave Gajardo   en la Región de Ñuble, conforme al Art.   Guillermo Andrés Solís Medina en 18,43
           HIJUELA 1 NORTE : Gaetano Gutiérrez   en la Región de Ñuble, conforme al Art.   en 32,22 metros, separado por cerco.   11 del D.L. 2695 del año 1979, terceros   metros, separado por cerco. SURESTE
           Gutiérrez en 31,05 metros, separado   11 del D.L. 2695 del año 1979, terceros   OESTE : Camino de acceso en 3,70 metros   interesados tienen 60 días hábiles desde   : Jaime Octavio Garrido González en
           por cerco. ESTE : Hijuela 2 de Fernando   interesados tienen 60 días hábiles desde   e Hijuela 3 de Zulema Lilian Osorio Olave   la segunda publicación para deducir   19,21 metros, separado por cerco.
           Javier Osorio Olave en 17,96 metros,   la segunda publicación para deducir   en 22,93 metros, separado por cerco.   oposición, plazo que vence el 13 DE   SUROESTE : Haydervy Molina Saldías
           separado por cerco. SUR : Camino de   oposición, plazo que vence el 13 DE   Cancélese PARCIALMENTE la inscripción   OCTUBRE DE 2020, bajo apercibimiento   en línea quebrada de dos parcialidades
           acceso que lo separa de María Cantalicia   OCTUBRE DE 2020, bajo apercibimiento   de a Fjs. 2810 Nº 1988 del Registro de   de ordenar la inscripción a favor del   en 3,29 y 16,41 metros, separado por
           Olave Gajardo en 26,34 metros y 5,03   de ordenar la inscripción a favor del   Propiedad del Conservador de Bienes   solicitante JOSÉ FÉLIX ARTEMIO NÚÑEZ   cerco. NOROESTE : Calle Los Castaños en
           metros, separado por cerco. OESTE :   solicitante ZULEMA LILIAN OSORIO   Raíces de BULNES, del año 2012.   CARRASCO Exp.Nº 105080, RURAL,   22,44 metros. Cancélese PARCIALMENTE
           Camino vecinal que lo separa de Lorenzo   OLAVE  Exp.Nº 99293, RURAL, Lugar:              Lugar: SANTA ANA DE CAIMACO, Predio:   la inscripción de fojas 382 N° 224, año
           Villarroel Gutiérrez en 12,79 metros.   SANTA ANA DE CAIMACO, Predio: EL   5.- Resolución E-24431 de fecha   EL PALTO; Comuna de QUILLÓN, Provincia   2010, fojas 137 N° 52, año 2003 y
           Cancélese PARCIALMENTE la inscripción   SAUCE; Comuna de QUILLÓN, Provincia   25/06/2020 que ordena la publicación   de DIGUILLÍN, Region de ÑUBLE, Rol Nº   fojas 910 N° 613, año 2003, todas del
           de a Fjs. 2810 Nº 1988 del Registro de   de DIGUILLÍN, Region de ÑUBLE, Rol Nº   la siguiente solicitud para inscripción de   1092-436, Superficie Total 1.644,16 m2,   Registro de Propiedad del Conservador
           Propiedad del Conservador de Bienes   1092-105, Superficie Total 628,32 m2,   Propiedad en la comuna y Sector señalado   y sus deslindes son SITIO N°2 NORESTE :   de Bienes Raíces de YUNGAY.
           Raíces de BULNES, del año 2012.   y sus deslindes son: HIJUELA 3 NORTE :   en la Región de Ñuble, conforme al Art.   Camino vecinal en 5,89 metros, que lo
                                         Gaetano Gutiérrez Gutiérrez en 26,49   11 del D.L. 2695 del año 1979, terceros   separa de la Sucesión Melgarejo Olave.
           2.- Resolución E-24434 de fecha   metros, separado por cerco. ESTE :   interesados tienen 60 días hábiles desde   SURESTE : Sucesión Reyes Núñez en   PROVINCIA DE PUNILLA
           25/06/2020 que ordena la publicación   Hijuela 4 de Ema Del Carmen Osorio   la segunda publicación para deducir   línea quebrada de 29,73 metros y línea
           la siguiente solicitud para inscripción de   Olave en 22,93 metros, separado por   oposición, plazo que vence el 13 DE   quebrada de 32,11 metros, separado   COMUNA DE COIHUECO
           Propiedad en la comuna y Sector señalado   cerco. SUR : Camino de acceso que lo   OCTUBRE DE 2020, bajo apercibimiento   por cerco. SUROESTE: Sucesión Oróstica
           en la Región de Ñuble, conforme al   separa de María Cantalicia Olave Gajardo   de ordenar la inscripción a favor del   Olave en línea quebrada de 23,36 metros,   8.- Resolución Nº E-24531 de fecha
           Art. 11 del D.L. 2695 del año 1979,   en 32,31 metros, separado por cerco.   solicitante JULIO ENRIQUE NÚÑEZ   separado por cerco. NOROESTE: Sitio N°1   26/06/2020 que ordena la publicación
           terceros interesados tienen 60 días   OESTE : Hijuela       CARRASCO Exp.Nº 105076, RURAL,   de Julio Enrique Núñez Carrasco en 21,89   la siguiente solicitud para inscripción de
           hábiles desde la segunda publicación   2 de Fernando Javier Osorio Olave en   Lugar: SANTA ANA DE CAIMACO, Predio:   metros, línea quebrada de 47,17 metros   Propiedad en la comuna y Sector señalado
           para deducir oposición, plazo que   22,23 metros, separado por cerco..   EL SAUCE; Comuna de QUILLÓN, Provincia   y 18,35 metros, separado por cerco.   en la Región de Ñuble, conforme al
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