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10   Sábado 23 de febrero de 2019                                                                                         www.ladiscusion.cl




              Política                                       Caso Jardúa              Jardúa se mantuvo en funcio-  correspondía desde el 31 de
                                                             La exalcaldesa de San Fabián,
                                                             Lorena Jardúa, fue acusada el
                                                             31 de julio de 2015 de “acarreo   nes, por lo que los concejales   julio, por lo que tuvo que de-
                                                                                                               volver los sueldos percibidos,
                                                                                      recurrieron en diciembre de ese
                                                             de electores”, delito por el que   año a Contraloría para clarifi car   los que recuperó después, tras
                                                             se pidió una pena afl ictiva.  su situación. Su suspensión   ser absuelta de los cargos.

                   a situación del alcalde
                   de Chillán Viejo,
                   Felipe Aylwin, ha
                   suscitado dudas y
           Lposturas jurídicas
           encontradas entre abogados.
             Luego de ser acusado el pa-
           sado 11 de febrero por fraude
           al Fisco, delito por el cual la
           Fiscalía pide cinco años y un
           día de pena; de acuerdo a los
           artículos 61 de la Ley 18.695
           Orgánica Constitucional de
           Municipalidades y 16 Nº 2 de
           la Constitución Política de la
           República, el jefe comunal que-
           dó suspendido desde esa fecha
           de sus funciones, por haber
           perdido momentáneamente su
           derecho a sufragio (por haber
           sido acusado de un delito que
           merece pena afl ictiva), y por
           ende, quedar inhabilitado
           para ejercer temporalmente
           su cargo de alcalde.
             El no acatamiento de Aylwin
           de esta medida lo ha enfras-
           cado en una dura batalla con
           los concejales de la comuna,
           quienes los deslegitimaron en
           la última sesión de Concejo
           Municipal.
             En la instancia, Aylwin
           argumentó que “ningún juez
           había decretado su suspensión”,
           sin embargo, Contraloría dejó   La tensión política en el municipio de Chillán Viejo está al máximo, y nada apunta a que decrecerá.
           despejado eso en noviembre
           pasado, cuando emitió un   CAUSALES DE INHABILIDAD DE ALCALDES SON LAS ÚNICAS QUE ESTÁN EN NORMAS DE RANGO LEGAL
           dictamen que aclara que la
           inhabilitación temporal opera
           “de pleno derecho”, y que solo   Constitución versus Ley de
           basta con la acusación de
           la Fiscalía para que se haga
           efectiva la suspensión.
             Lo mismo dijo Fiscalía Re-  Municipalidades: el lío jurídico que
           gional, que de acuerdo a una
           instrucción general que im-
           parte criterios de actuación en   mantiene a Aylwin en el cargo
           delitos de corrupción, de 2014,
           emitida por el entonces fi scal
           nacional, Sabas Chahuán; se les
           ordenó a los fi scales regionales   Jefe comunal de Colina, Mario Olavarría, acusado en el caso “Basura”, sigue en funciones luego
           a informar de acusaciones de
           esta índole a los respectivos   que recurriera al TC. Walterio Vargas, exalcalde de Llanquihue, en tanto, sufrió revés en dicho tribunal.
           secretarios municipales y
           Concejo Municipal, con copia   POR: ISABEL CHARLIN *[email protected] / FOTO: CRISTIAN CÁCERES
           a Contraloría, para que dichos
           órganos tomen conocimiento
           y adopten las medidas que   el Tribunal Constitucional         condena en su contra, se debía   24  TER                      del ejercicio de la soberanía
           resulten procedentes, en este   (TC).                          presumir su inocencia”.                                       el respeto a los derechos
           caso, suspender temporalmente                     Aylwin es     Son los mismos argumentos   de marzo se   Concejales recurrirán la próxi-  esenciales que emanan de la
           al alcalde.              El caso del alcalde de Co-  acusado   que invoca Aylwin, y que a   efectuará la   ma semana ante el TER, el   naturaleza humana, garanti-
             Sin embargo, la defensa de   lina               de contra-   Olavarría le dieron resultados,   audiencia de   cual debiera determinar la   zados por la Constitución y
           Aylwin arguye que la suspen-  Una situación similar a la   tar a una   pues hasta hoy se mantiene   preparación   suspensión de Felipe Aylwin. Él   por los tratados internacio-
           sión no opera arbitrariamente.   de Felipe Aylwin ha vivido   “funcionaria   como alcalde, en circuns-  del juicio   seguramente recurrirá al TC.  nales ratifi cados por Chile y
           “No basta con que el fiscal   el alcalde de Colina, Mario   fantasma” en   tancias que su audiencia de   oral por el         que se encuentran vigentes.
           acuse para que el alcalde se   Olavarría (UDI). En no-  el municipio.  juicio oral está fi jada para el   caso Fraude.       Entre los argumentos de la
           entienda suspendido, es nece-  viembre de 2017, el Primer      próximo 26 de febrero.               la cual, a través de la suspen-  mayoría del TC para rechazar
           sario que el fi scal se lo pida al   Tribunal Electoral de la Región   El TC admitió a tramitación   sión del derecho a sufragio,   el requerimiento, estuvo el
           juez, y este debe pronunciarse.   Metropolitana determinó su   el requerimiento, lo que de in-      hace desproporcionadamente   hecho que no se advirtió la
           Esto no lo hizo el Ministerio   suspensión temporal por la     mediato, generó la suspensión        perder el cargo democrático   indicada consecuencia (de
           Público ni en octubre ni aho-  acusación de la Fiscalía Oc-    del procedimiento por parte          a un alcalde en ejercicio. Esto   índole netamente adminis-
           ra. Si llega una notifi cación   cidente en su contra por seis   del Tricel.                        trae problemas de igualdad   trativa), con una pretendida
           del tribunal, el alcalde se irá   presuntos delitos de fraude   Según los abogados de               ante la ley, al debido proceso   vulneración del principio de
           suspendido”, manifestó Julio   al Fisco en el marco del caso   Olavarría, la inaplicabilidad        y desproporcionalidad de la   inocencia como elemento
           Díaz de Arcaya, abogado de   “Basura”.                         busca resolver una anomalía          sanción”, dijo en su momento a   característico del debido
           Felipe Aylwin.             El jefe comunal, al igual que       legal que afecta a todos los         La Tercera Arturo Fermandois,   proceso en materia penal,
             Precisamente es ese el esce-  Aylwin, logró mantenerse en    alcaldes.                            abogado de Olavarría.    “Toda vez que ese principio
           nario más factible. La próxima   el cargo pese a la jurispuden-  “Esta consiste en que los            Quien también recurrió al   o presunción tiene natural
           semana, los concejales recu-  cia, debido a que recurrió de    alcaldes son la única autoridad      TC por el mismo motivo en   aplicación respecto del pro-
           rrirán al Tribunal Electoral   inaplicabilidad por inconsti-   elegida democráticamente,            2008, pero no le fue tan bien,   ceso penal mismo, vedando
           Regional de Ñuble (TER), entre   tucionalidad ante el Tribunal   cuyas causales de inhabilidad      fue el exalcalde de Llanquihue,   que al imputado se lo trate
           otras instancias), y es muy   Constitucional, alegando que     no están en la misma Constitu-       Walterio Vargas (Ind.).  como culpable mientras ello
           probable que este determine   con la resolución del Tribunal   ción, sino en norma de rango           El requirente sostenía que la   no se acredite en la sentencia
           la suspensión del jefe comunal   Electoral y del Tricel (al cual   meramente legal. La Ley de       norma desconocía el principio   defi nitiva”.
           de Chillán Viejo. Será en ese   apeló) se le estaba entregando   Municipalidades, sin autoriza-     de inocencia que contemplaría
           momento, cuando Aylwin   “una sanción anticipada”, y que       ción de la Constitución, creó        el artículo 5º de la Constitu-  COMENTA E INFÓRMATE MÁS EN:
           saque su carta bajo la manga:   “hasta que no existiera una    una inhabilidad indirecta por        ción, al reconocer como límite  www.ladiscusion.cl
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