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18 Sábado 2 de noviembre de 2019 www.ladiscusion.cl
EXTRACTO que fijó el texto refundido, coordinado expropió el lote de terreno N° 17, OSORIO DOMINGO ANTONIO Y OTRO, DE ÑUBLE, superficies 50 y 320 m2 LIA ABARZUA GAJARDO, GONZALO
Por Decreto MOP (Exento) Nº1159, y sistematizado de la Ley Nº 15.840 para la obra: MEJORAMIENTO RUTA rol de avalúo 1101-21, Comuna de respectivamente. La Comisión de ANDRÉS SUAZO FIGUEROA y MARIA
de 14 de octubre de 2019, y en base y del DFL. MOP. N°206 de 1960, N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO COIHUECO, REGION DE ÑUBLE, Peritos integrada por ROXANA CECI- PAMELA MAC-GUIRE ACEVEDO,
a la facultad otorgada por el artículo se expropió el lote de terreno N° 6, - PINTO, que figura a nombre de superficie 116 m2. La Comisión de LIA ABARZUA GAJARDO, GONZALO mediante informe de tasación de 28
3° letra a), 10° letra c), 14 letra e) y para la obra: MEJORAMIENTO RUTA SUC LAGOS CARRASCO VICTOR Peritos integrada por ROXANA CECI- ANDRÉS SUAZO FIGUEROA y MARIA de mayo de 2018, fijó el monto de
105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO RAMON, rol de avalúo 101-97, LIA ABARZUA GAJARDO, GONZALO PAMELA MAC-GUIRE ACEVEDO, la indemnización provisional en la
que fijó el texto refundido, coordinado - PINTO, que figura a nombre de Comuna de COIHUECO, REGION ANDRÉS SUAZO FIGUEROA y MARIA mediante informe de tasación de 03 de cantidad de $4.095.064 para el lote
y sistematizado de la Ley Nº 15.840 BECERRA MEDINA GUIDO LEO- DE ÑUBLE, superficie 436 m2. La PAMELA MAC-GUIRE ACEVEDO, noviembre de 2017, complementada N°2-A. La indemnización se pagará
y del DFL. MOP. N°206 de 1960, NARDO Y OTR, rol de avalúo 94-80, Comisión de Peritos integrada por mediante informe de tasación de 03 de por acta de 20 de marzo de 2018 al contado. La publicación se efectúa
se expropió el lote de terreno N° 7, Comuna de COIHUECO, REGION ROXANA CECILIA ABARZUA GA- noviembre de 2017, complementada respecto del lote 10, fijó el monto en cumplimiento a lo dispuesto en el
para la obra: MEJORAMIENTO RUTA DE ÑUBLE, superficie 22 m2. La JARDO, GONZALO ANDRÉS SUAZO por acta de 19 de Julio de 2018, fijó el de la indemnización provisional en artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186,
N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO Comisión de Peritos integrada por FIGUEROA y MARIA PAMELA MAC- monto de la indemnización provisional la cantidad de $425.750 para el lote de 1978.
- PINTO, que figura a nombre de ROXANA CECILIA ABARZUA GA- GUIRE ACEVEDO, mediante informe en la cantidad de $1.997.244 para el N°10, y $6.257.880 para el lote 02/
SUAREZ REYES RAUL DEL TRAN- JARDO, GONZALO ANDRÉS SUAZO de tasación de 03 de noviembre de lote N°19. La indemnización se pagará N°20. La indemnización se pagará
SITO, rol de avalúo 94-84, Comuna FIGUEROA y MARIA PAMELA MAC- 2017, complementada por acta de al contado. La publicación se efectúa al contado. La publicación se efectúa EXTRACTO
de COIHUECO, REGION DE ÑUBLE, GUIRE ACEVEDO, mediante informe 19 de Julio de 2018, fijó el monto en cumplimiento a lo dispuesto en el en cumplimiento a lo dispuesto en el ROLAND SPAARWATER GILDEMEIS-
superficie 242 m2. La Comisión de de tasación de 03 de noviembre de de la indemnización provisional en la artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, TER, Al Director General de Agua: Que,
Peritos integrada por ROXANA CECI- 2017, complementada por acta de 20 cantidad de $3.820.624 para el lote de 1978. de 1978. vengo en solicitar en la regularización
LIA ABARZUA GAJARDO, GONZALO de marzo de 2018, fijó el monto de N°17. La indemnización se pagará al 02/ 02/ de un Derecho de Aprovechamiento
ANDRÉS SUAZO FIGUEROA y MARIA la indemnización provisional en la contado. La publicación se efectúa de Aguas superficial y corrientes,
PAMELA MAC-GUIRE ACEVEDO, cantidad de $1.683.616 para el lote en cumplimiento a lo dispuesto en EXTRACTO EXTRACTO
mediante informe de tasación de 03 N°6. La indemnización se pagará al el artículo 7º del Decreto Ley Nº Por Decreto MOP (Exento) Nº1195, Por Decreto MOP (Exento) Nº1196, de uso consuntivo, ejercicio per-
de noviembre de 2017, fijó el monto contado. La publicación se efectúa 2186, de 1978. de 14 de octubre de 2019, y en base de 14 de octubre de 2019, y en base a manente y continuo, por un caudal
de la indemnización provisional en la en cumplimiento a lo dispuesto en 02/ a la facultad otorgada por el artículo la facultad otorgada por el artículo 3° total de 88,4594 litros por segundo,
cantidad de $5.575.376 para el lote el artículo 7º del Decreto Ley Nº 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e) letra a), 10° letra c), 14 letra e) y 105 equivalentes a 17,21 acciones. Estos
N°7. La indemnización se pagará al 2186, de 1978. EXTRACTO y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que derechos de aprovechamiento de
contado. La publicación se efectúa 02/ Por Decreto MOP (Exento) Nº1192, 1997, que fijó el texto refundido, fijó el texto refundido, coordinado y aguas a regularizar son del río Ñuble,
en cumplimiento a lo dispuesto en de 14 de octubre de 2019, y en base a coordinado y sistematizado de la sistematizado de la Ley Nº 15.840 y captadas en forma gravitacional a
el artículo 7º del Decreto Ley Nº la facultad otorgada por el artículo 3° Ley Nº 15.840 y del DFL. MOP. del DFL. MOP. N°206 de 1960, se través del Canal Monteblanco – Santa
2186, de 1978. EXTRACTO letra a), 10° letra c), 14 letra e) y 105 N°206 de 1960, se expropiaron los expropió el lote de terreno N° 2-A, Marta, cuya bocatoma se encuentra
02/ Por Decreto MOP (Exento) Nº1171, del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que lotes de terreno N°s.10 y 20, para para la obra: MEJORAMIENTO RUTA quinientos metros aguas arriba del
de 14 de octubre de 2019, y en base a fijó el texto refundido, coordinado y la obra: MEJORAMIENTO RUTA N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO puente Nahueltoro y se encuentra
EXTRACTO la facultad otorgada por el artículo 3° sistematizado de la Ley Nº 15.840 y N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO - PINTO, que figura a nombre de definido en las coordenadas UTM
Por Decreto MOP (Exento) Nº1167, letra a), 10° letra c), 14 letra e) y 105 del DFL. MOP. N°206 de 1960, se - PINTO, que figura a nombre de JACQUELINE LUISA COFRE MUNITA Norte 5959311 (m) y Este 254132 (m)
de 14 de octubre de 2019, y en base del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que expropió el lote de terreno N° 19, PARRA LARENAS JOSE PROSEDO y E.I.R, rol de avalúo 94-65, Comuna Datum WGS 84 Huso 19. Comuna
a la facultad otorgada por el artículo fijó el texto refundido, coordinado y para la obra: MEJORAMIENTO RUTA MOSCOSO CASTRO GUIDO ISMAEL, de COIHUECO, REGION DE ÑUBLE, de San Carlos, Provincia de Punilla,
3° letra a), 10° letra c), 14 letra e) y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y N-51 Y N-47, SECTOR COIHUECO roles de avalúo 104-75 y 101-315, superficie 71 m2. La Comisión de Región del Ñuble.
105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, del DFL. MOP. N°206 de 1960, se - PINTO, que figura a nombre de Comuna de COIHUECO, REGION Peritos integrada por ROXANA CECI- 02/
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