¿Era necesaria la reforma del Código de Aguas?


No existe duda que son cambios necesarios y mirando los modelos en otros países que también han tenido crisis hídricas, como Israel y Australia, es súper importante que el Estado, a través de los organismos que se encargan de los temas de agua, en este caso, la Dirección General de Aguas, sepa cuánta es el agua que se está utilizando y cuántos son los derechos otorgados. Es necesario tener una certeza. En este sentido, establece la obligación de registrar y de inscribir los derechos en el Catastro Público, bajo la pena que, si no se cumple ese trámite en 18 meses, usted puede tener una multa que parte en 5 millones de pesos y termina en 12.

En general, ese tema lo tienen claro los regantes, pero ¿qué ocurre con los cambios que propone la nueva Constitución?


El cambio radical que viene a través de la reforma constitucional, es que usted deja de tener un título, un derecho de propiedad respecto a los derechos de agua. Si se aprueba el cambio constitucional, al día siguiente usted no tiene un título, sino una autorización. Las autorizaciones son revocables y se pueden dejar sin efecto. Lo que llama más la atención y que se discutió en la Convención Constitucional, es que no hay derecho a indemnización. Es decir, su título, su derecho, muta a una autorización, por lo cual no va a haber un pago. Es discutible, pero lo propuesto es que no hay derecho a indemnización como sí la hay en el modelo actual. También lo que está plasmado en la reforma constitucional es que las autorizaciones van a ser incomerciables. Usted no puede vender su autorización.

¿Cómo se vería afectada la distribución?


Viene todo un cambio en relación a la administración y distribución de las aguas. También en la labor que realizan las organizaciones de usuarios, las juntas de vigilancia, las asociaciones de canalistas y las comunidades de agua. Aquí se contempla un consejo de cuenca que todavía se tiene que ver cómo se va a conformar y de qué manera va a poder incorporar a las organizaciones de usuarios que han cumplido la labor de distribución de las aguas por muchos años. Si usted me pide una recomendación para los regantes, yo, más que una recomendación, les diría que hay que estar muy informados en relación a cómo van a mutar sus títulos.

¿Tiene sentido cumplir con la nueva exigencia de inscripción de los derechos establecida en la reforma al Código de Aguas, si la iniciativa constitucional implicaría su derogación?


En la reforma al Código algunas cosas van a permanecer, se ha estado discutiendo en la formulación de los artículos transitorios. Las normas del derecho público rigen “in actum”, es decir, si se aprueba la reforma constitucional, al día siguiente ya sería norma vigente que los títulos los mutan a autorizaciones. Pero se mantendría la obligación de registrar los títulos en la DGA. El tema es que, de aprobarse la reforma constitucional, usted va a tener que ir a registrar su título, que ya no es un derecho de propiedad sino una autorización. Igual, algunas de estas autorizaciones van a contar con todos los requisitos esenciales y otras, no. La recomendación para los regantes es que hay que ponerse al día con eso lo antes posible. O sea, mientras esté vigente el Código de Aguas, yo recomiendo cumplir con todas las medidas que están establecidas en ese cuerpo, porque esta reforma constitucional también obligaría a regularizar las autorizaciones. Hay que perfeccionar los títulos, tenerlos con todas las características esenciales y registrarlos en el Catastro Público de Aguas.

¿Cómo se entiende este cambio considerando el precepto que en Chile la ley no es retroactiva?


Efectivamente, no lo es; entonces, en este caso, al mutar el título en una autorización, por cierto que existe una especie de expropiación camuflada, podríamos llamarlo así. Porque usted ya no tiene un derecho de propiedad. Si usted adquirió ayer de buena fe un título en el mercado y ejerce su actividad económica como agricultor, aprobándose el texto de una nueva reforma constitucional, al día siguiente usted tiene una autorización que es incomerciable y no se puede transferir. Por cierto que lo tiende a afectar.

Algunos creen que con todos estos cambios el sistema puede colapsar.


Desde una mirada objetiva, los órganos de la administración y la Dirección General de Aguas durante todos estos años no han sido un modelo perfecto. Entonces, entregar más atribuciones a los órganos de la administración, creyendo que este órgano ha actuado bien estos últimos años, llama la atención. Porque a la DGA, incluso por pronunciamientos de la Corte Suprema en varios fallos, se le ha cuestionado su demora excesiva en los procedimientos administrativos. Entonces, un órgano que no ha sido en todos estos años un ejemplo, y esa es la verdad, ahora entregarle todas las atribuciones y unificar a la DGA con la Superintendencia de Servicios Sanitarios y junto a la Dirección de Obras Hidráulicas en un solo organismo que será la Agencia Independiente del Agua, o la Agencia Nacional del Agua, por cierto que va a significar una demora en su implementación. Entrar altiro a este modelo sin un órgano que esté plenamente conformado, va a causar un atochamiento y un problema a todos los particulares que tienen derechos de aprovechamiento de aguas y quieren seguir utilizándolos ahora como autorizaciones.

¿Y estas demoras podrían significar, en la práctica, que los cambios constitucionales respecto al agua pasarían a ser letra muerta?


En un comienzo, efectivamente todas estas reformas importantes requieren de más funcionarios públicos y de financiamiento. Estamos en un período en que el Estado no tiene muchos recursos, venimos saliendo de una pandemia que nos afectó a todos. Estamos con la guerra de Ucrania y con fuerte inflación. Entonces, la implementación de este órgano nuevo va a requerir, para funcionar bien, de mucho financiamiento. Si se está apuntando, además, a una reforma educacional, a una en salud y ahora el tema del agua, yo lo que espero es que las personas que están viendo esto sepan que se va a contar con los recursos. Si no se cuenta con los recursos, esto en la práctica puede ser muy difícil de implementar. No sé si va a ser letra muerta, pero va a durar muchos años implementar esta reforma constitucional. Estamos hablando de unos 10 años. En el intertanto, la falta de certeza es un disuasivo para muchas inversiones agrícolas que son fundamentales para el país. Yo no digo que esta reforma no sea necesaria. La reforma al Código de Aguas fue muy importante y vino a perfeccionar un poco el modelo que tenemos, pero en el cambio que proponen los constitucionalistas, se necesitan muchos recursos y eso hay que tenerlo en cuenta.

¿Cómo ve la forma en que la Junta de Vigilancia del Rio Diguillín está enfrentando este tema?


Absolutamente destacada. Yo creo que la Junta de Vigilancia del Río Diguillín ha sido un modelo en relación a alinearse con la reforma al Código de Aguas y que es muy importante. Hay un trabajo serio para ordenar los títulos y hacer una distribución eficiente del agua. Destacable es lo que están realizando para perfeccionar e inscribir los títulos en el Catastro Público, para que no existan inconsistencias. En realidad, la Junta ha sido un modelo ejemplar, a diferencia de otras entidades que han cuestionado seriamente el Código de Aguas.