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        Coronavirus en Ñuble




                                                                                                           Corte de Apelaciones

                                                                                                           rechazó recurso contra

                                                                                                           colegio por no impartir

                                                                                                           clases presenciales





















                                                                                                             La Corte de Apelaciones   corresponde a lo que se pactó
                                                                                                           de Chillán rechazó el recur-  contractualmente. Por su par-
        el uso de mascarilla es obligatorio en Chillán y Chillán Viejo.                                    so de protección presentado   te, la recurrida sostiene estar
                                                                                                           por apoderada en contra   cumpliendo con el contrato,
        en las últimas 24 horas hubo 26 multas                                                             de la Fundación Educacio-  al impartir la clase en forma
                                                                                                           nal Insamach, sostenedora
                                                                                                                                    virtual”, detalla el fallo.
        1.829 personas han                                                                                 del Instituto Santa María   “conforme a lo razonado en
                                                                                                                                      La resolución agrega que
                                                                                                           de Chillán, establecimiento
                                                                                                           que, según la apoderada que
                                                                                                                                    el motivo anterior, fluye de
        sido infraccionadas por                                                                            presentó la acción legal, “no   manera evidente la existencia
                                                                                                                                    de una controversia jurídica
                                                                                                           estaría cumpliendo el contrato
                                                                                                                                    entre recurrente y recurrida,
                                                                                                           de prestación de servicios
                                                                                                                                    cuya resolución no puede
                                                                                                           educacionales suscrito, al no
        no usar mascarilla                                                                                 impartir clases presenciales   darse en esta sede de protec-
                                                                                                                                    ción de derechos indubitados,
                                                                                                           en prevención de contagios
                                                                                                                                    toda vez que el dilucidar si se
                                                                                                           de Covid-19”.
                                                                                                             En fallo unánime, la Primera   cumplió o no el contrato en
                                                                                                           Sala del tribunal de alzada   los términos pactados, hace
        “el uso de la mascarilla es la medida más básica que hemos                                         rechazó la acción judicial, tras   necesario, por parte del recu-
                                                                                                                                    rrente, el ejercicio de acciones
                                                                                                           descartar actuar arbitrario de
        aprendido en este tiempo, y muy efectiva”, comentó el jefe de                                      la parte recurrida.      en un procedimiento de lato
                                                                                                             “Que, para la adecuada
        Defensa de Ñuble. Criticó alta cantidad de personas manejando                                      resolución de este arbitrio,   conocimiento que decida la
                                                                                                                                    controversia planteada, motivo
        en estado de ebriedad.                                                                             necesario es advertir que en el   por el cual se desestimará el
                                                                                                           presente caso se han planteado   presente recurso”.
                                                                                                           posiciones disímiles por los   Apoderados de diferentes
        por: antonieta melean *[email protected] / FoTos: CRistian CáCeRes heRmosilla                  comparecientes, relativo al   establecimientos educacionales
                                                                                                           cumplimiento o incumpli-  de Chillán, mayoritariamente
                                                                                                                                    cionados, se han organizado
                                                                                                           de prestación de servicios
                 n un nuevo ba-                                         “No sé qué pasa por la             miento del contrato privado   colegios particular-subven-
                 lance regional   2.731                               cabeza de algunas personas,          educacionales entre ellos sus-  para solicitar rebajas en las
                 por el Covid-19,                                     con lo que hemos aprendido           crito, toda vez que la recurrente   mensualidades, a las que no
                 el jefe de Defen-                                    como sociedad en todo este           sostiene que contrató para que   han accedido los sostenedores,
        e sa Nacional para                                            tiempo. Está la Ley de Tole-         a su hijo se le impartieran clases   argumentando que las clases
        Ñuble informó que en ma-  personas                            rancia Cero, la Ley Emilia           presenciales, y sin embargo,   se siguen impartiendo de
        teria de seguridad y orden                                    que son al final reflexiones         a partir de la crisis sanitaria   manera remota, y detallando
        público, 29 personas fueron   han sido detenidas a la fecha   profundas, acuerdos y un             por la pandemia Covid-19,   que sueldos de asistentes de
        detenidas por incumplir el   por no respetar el toque de      entendimiento colectivo que          ello no ha ocurrido, y no   la educación y profesores,
        toque de queda, entre las                                     hemos hecho como sociedad,           obstante le siguen cobrando las   además de personal admi-
        22.00 y 5.00 horas, durante   queda en la Región de Ñuble     por lo tanto, no nos puede           mensualidades, y que si bien   nistrativo, depende del pago
        la última jornada.                                            estar pasando esto en Ñuble”,        es cierto podría prestarse el   de la subvención estatal y del
          El general Cristian Vial   Manejo en estado de ebrie-       prosiguió.                           servicio de manera virtual, no   financiamiento compartido.
        agregó que a la fecha, que   dad
        se han realizado 2.731 apre-  El jefe de Defensa Nacional     CoMenTa e InFórMaTe MÁs en:
        hensiones por no respetar   lamentó que en las fiscali-       www.ladiscusion.cl
        dicha medida.            zaciones que se realizan a
          Del mismo modo, des-   diario en la región, detecten
        tacó que en las últimas   a personas manejando en
        24 horas se cursaron 26   estado de ebriedad o bajo la
        infracciones por no usar   influencia de alcohol, y que
        mascarillas en espacios   además, los conductores tra-
        públicos y cerrados. El   ten de evadir los controles de
        acumulado  hasta  es  el   los funcionarios del ejército
        momento son 1.829 in-    o las policías.
        fracciones.               “Los casos de mayor con-
          “El uso de la mascarilla   notación que hemos tenido
        es la medida más básica   en este tiempo de excepción
        que  hemos  aprendido    constitucional son las eva-
        en  este  tiempo,  y  muy   siones de control, cuando la
        efectiva. De hecho, hay   persona se detiene para ser
        países que le atribuyen el   controlada y premeditada-
        estar mejor, en términos   mente se da a la fuga. Han
        epidemiológicos, a esta   sido cinco casos que tienen
        norma tan básica como    que ver con la ingesta de
        ponerse la mascarilla, así   alcohol. También todas las
        que por favor usarlas en   noches en toque de queda, un
        todos los lugares públicos   número no menor, bastante
        y cerrados que están dis-  considerable bajo la influen-
        puestos”, dijo.          cia del alcohol”, aseveró.
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