Page 20 - Diario 15/10/2024
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20 Martes 15 de octubre de 2024 www.ladiscusion.cl
Economicos
en cumplimiento a lo dispuesto en el 4 y 5, para la obra: MEJORAMIENTO mediante informe de tasación de 22 de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. matizado de la Ley N°15.840 y del DFL.
artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE de julio de 2024, fijó el monto de la N°206 de 1960, se expropiaron los lotes MOP. N°206 de 1960, se expropiaron
1978. Fiscalía MOP. PALOMARES-RAFAEL, que figuran a indemnización provisional en la can- de terreno N°s.47 y 48, para la obra: los lotes de terreno N°s.49, 50, 51, 52 y
15/ nombre de FORESTAL CELCO S A, rol de tidad de $2.759.540 para el lote N°4-A, EMBALSE ZAPALLAR, que figura a 53, para la obra: EMBALSE ZAPALLAR,
avalúo 203-20, Comuna de COELEMU, $5.175.200 para el lote N°4-B, $942.970 nombre de GARRIDO LARSON FELIX que figuran a nombre de MERINO
EXTRACTO superficie 325 m2, FORESTAL AGRIC Y para el lote N°51, y $2.058.770 para el lote RAFAEL y VIDAL VIDAL ALICIA, roles CARRASCO JOSE RAFAEL Y OTROS,
Por Decreto MOP. (Exento) Nº738, de 11 GANADERA PENALEN L, rol de avalúo N°53-A. La indemnización se pagará de avalúo 876-50 y 876-277, Comuna de FERNANDEZ FERNANDEZ AMADA
de septiembre de 2024, y en base a la 164-1, Comuna de RANQUIL, superficie al contado. La publicación se efectúa PINTO, REGIÓN DE ÑUBLE, superficies REGINA, RIQUELME FERNANDEZ JULIO
facultad otorgada por el artículo 3° letra 177 m2, FORESTAL CELCO S A, rol de en cumplimiento a lo dispuesto en el 152.128 y 84.231 m2 respectivamente. CESAR, RIQUELME FERNANDEZ INES
a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. avalúo 203-20, Comuna de COELE- artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de La Comisión de Peritos integrada por DEL C y RIQUELME FERNANDEZ SILVIA
MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto MU, superficie 4.104 m2, FORESTAL 1978. Fiscalía MOP. PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, DEL R, roles de avalúo 876-46, 876-44,
refundido, coordinado y sistematizado AGRIC Y GANADERA PENALEN L rol 15/ GABRIEL ANTONIO PANTOJA RIVERA 876-141, 876-142 y 876-143, Comuna de
de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. de avalúo 164-1, Comuna de RANQUIL, y FELIPE ANTONIO SUCKEL FIGUE- PINTO, REGION DE ÑUBLE, superficies
N°206 de 1960, se expropiaron los lotes superficie 1.247 m2 y SALAZAR REYES EXTRACTO ROA, mediante informe de tasación 125.966, 65.831, 130.965, 134.476 y 117.151
de terreno N°s.11, 12, 13, 14 y 15, para la LUIS ALFREDO, rol de avalúo 203-242, Por Decreto MOP. (Exento) Nº751, de 11 de 29 de agosto de 2024, fijó el monto m2 respectivamente. La Comisión de
obra: MEJORAMIENTO RUTA N-66-O Comuna de COELEMU, superficies 538 de septiembre de 2024, y en base a la de la indemnización provisional en Peritos integrada por YASCHALA MA-
SAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL, m2, REGION DE ÑUBLE. La Comisión facultad otorgada por el artículo 3° letra la cantidad de $279.290.250 para el RIBEL YAÑEZ RIFFO, TATIANA YASMIN
que figura a nombre de FORESTAL de Peritos integrada por VALERIA DEL a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. lote N°47, y $154.698.600 para el lote GUTIERREZ ORTIZ y HANDY GHISLAINE
CELCO S A, rol de avalúo, 203-20, CARMEN MARDONEZ LEMA, PEDRO MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto N°48. La indemnización se pagará al CAMPOS SEPULVEDA, mediante informe
Comuna de COELEMU, superficie 1.019 PABLO JOFRÉ ORELLANA y HANDY refundido, coordinado y sistematizado contado. La publicación se efectúa de tasación de 26 de agosto de 2024,
m2, FORESTAL AGRIC Y GANADERA GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA, de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. en cumplimiento a lo dispuesto en el fijó el monto de la indemnización pro-
PENALEN L, rol de avalúo 164-1, Co- mediante informe de tasación de 20 N°206 de 1960, se expropiaron los artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de visional en la cantidad de $353.748.600
muna de RANQUIL, superficie 282 m2, de diciembre de 2023, fijó el monto lotes de terreno N°s.82, 85, 86, 87 y 89, 1978. Fiscalía MOP. para el lote N°49, $123.905.200 para
FORESTAL CELCO S A, rol de avalúo de la indemnización provisional en la para la obra: MEJORAMIENTO RUTA 15/ el lote N°50, $233.051.800 para el lote
203-20, Comuna de COELEMU, super- cantidad de $1.130.425 para el lote N°1, N-66-O SAN IGNACIO DE PALOMA- N°51, $425.945.400 para el lote N°52,
ficie 360 m2, RISOPATRON CASTILLO $646.390 para el lote N°2, $20.422.358 RES-RAFAEL, que figura a nombre de EXTRACTO y $220.980.500 para el lote N°53. La
ANGELICA DEL, rol de avalúo 203-168, para el lote N°3, $3.806.390 para el lote CASTRO MARTINEZ LUIS ALBERTO, Por Decreto MOP. (Exento) Nº784, de indemnización se pagará al contado.
Comuna de COELEMU, superficie 52 N°4, y $8.548.496 para el lote N°5. La FUENTEALBA TORO SANDRA INES, 08 de octubre de 2024, y en base a La publicación se efectúa en cumpli-
m2, y FORESTAL AGRIC Y GANADE- indemnización se pagará al contado. FUENTEALBA TORO CLAUDIO F, la facultad otorgada por el artículo 3° miento a lo dispuesto en el artículo
RA PENALEN L, rol de avalúo 164-1, La publicación se efectúa en cumpli- FUENTEALBA TORO PEDRO HUM- letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
Comuna de RANQUIL, superficie 181 miento a lo dispuesto en el artículo BERTO y SANCHEZ ROSALES ROSA del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó Fiscalía MOP.
m2, REGION DE ÑUBLE. La Comisión 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. EULALIA, roles de avalúo 164-283, el texto refundido, coordinado y siste- 15/
de Peritos integrada por VALERIA DEL Fiscalía MOP. 164-282, 164-281, 164-280 y 163-156,
CARMEN MARDONEZ LEMA, PEDRO 15/ Comuna de RANQUIL, REGION DE
PABLO JOFRÉ ORELLANA y HANDY ÑUBLE, superficies 277, 199, 281, 2.681 y Obituarios
GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA, EXTRACTO 2.552 m2 respectivamente. La Comisión
mediante informe de tasación de 20 Por Decreto MOP. (Exento) Nº750, de 11 de Peritos integrada por VALERIA DEL
de diciembre de 2023, fijó el monto de septiembre de 2024, y en base a la CARMEN MARDONEZ LEMA, PEDRO
de la indemnización provisional en facultad otorgada por el artículo 3° letra PABLO JOFRÉ ORELLANA y VALESKA
la cantidad de $3.428.598 para el a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. ALÉ GOÑI, mediante informe de tasación a
lote N°11, $774.140 para el lote N°12, MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto de 12 de enero de 2024, fijó el monto
$3.430.640 para el lote N°13, $458.612 refundido, coordinado y sistematizado de la indemnización provisional en DEFUNCION
para el lote N°14, y $3.629.070 para el de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 la cantidad de $4.314.467 para el lote
lote N°15. La indemnización se pagará de 1960, se expropiaron los lotes de N°82, $1.080.186 para el lote N°85, Con profunda tristeza comunicamos el sensible fallecimiento de nuestra
al contado. La publicación se efectúa terreno N°s.4-A, 4-B, 51 y 53-A, para la $1.162.034 para el lote N°86, $8.600.134 querida hermana, cuñada y tía, señora
en cumplimiento a lo dispuesto en el obra: MEJORAMIENTO RUTA INTER- para el lote N°87, y $14.021.302 para el
artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de COMUNAL DEL SECANO INTERIOR, lote N°89. La indemnización se pagará MARCELA PONS DABIKÉ
1978. Fiscalía MOP. que figura a nombre de MALVERDE al contado. La publicación se efectúa
15/ GATICA LUCIA NORMA Y OTROS, FIS- en cumplimiento a lo dispuesto en el (Q.E.P.D.)
CHER HERREROS EDUARDO Y OTRA, artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de
EXTRACTO RIVAS MOLINA CESAR ARCADIO y 1978. Fiscalía MOP. Sus restos están siendo velados en la Iglesia San Ignacio El Bosque
Por Decreto MOP. (Exento) Nº749, de RIVAS MOLINA CESAR ARCADIO, roles 15/ (Pocuro 2801, Providencia), Santiago y sus funerales se efectuarán hoy
11 de septiembre de 2024, y en base a de avalúo 141-211, 141-178, 148-155 y
la facultad otorgada por el artículo 3° 148-155, Comuna de NINHUE, REGION EXTRACTO martes 15 de octubre en el cementerio Parque del Recuerdo, después de
letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° DE ÑUBLE, superficies 476, 2.210, 151 y Por Decreto MOP. (Exento) Nº783, de
del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que 301 m2 respectivamente. La Comisión 08 de octubre de 2024, y en base a la una misa que se oficiará a las 11:00 horas, en la misma iglesia.
fijó el texto refundido, coordinado y de Peritos integrada por LEONARDO facultad otorgada por el artículo 3° letra
sistematizado de la Ley N°15.840 y del AURELIO SALAZAR FIGUEROA, PEDRO a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. FAMILIA PONS PALACIOS
DFL. MOP. N°206 de 1960, se expro- PABLO JOFRÉ ORELLANA y HANDY MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto CHILLAN, octubre 15 de 2024
piaron los lotes de terreno N°s.1, 2, 3, GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA, refundido, coordinado y sistematizado