Page 23 - Diario 15/06/2023
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www.ladiscusion.cl                                                                                                    Jueves 15 de junio de 2023  23

        Economicos


        2186 tuvo por efectuada consignación suma de $481.142.607, por   NOTIFICACIÓN                      NOTIFICACIÓN
        concepto de valor total de indemnización provisional expropiación   2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha 01.06.2023, en causa Rol   2° Juzgado Civil de Chillán, de fecha 01.06.2023, en causa Rol N°
        de autos; ordenó practicar publicaciones del art. 23 del Decreto   N° V-92-2023, caratulada “Servicio de Vivienda y Urbanización   V-93-2023, caratulada “Servicio de Vivienda y Urbanización Región
        Ley 2.186 para poner en conocimiento del expropiado, arrenda-  Región de Ñuble”, por expropiación total de terreno del inmueble   de Ñuble”, por expropiación total de terreno del inmueble ubicado
        tarios y otros titulares de derechos, la solicitud de la expropiante   ubicado en AV SAN BARTOLOME 1090, Rol de Avalúo 2201-259, de   en AVDA SAN BARTOLOME 1150, Rol de Avalúo 2201-260, de la
        para tomar posesión material del inmueble expropiado, para que   la comuna de Chillán. La superficie afecta a expropiación total de   comuna de Chillán. La superficie afecta a expropiación total de
        dentro del plazo de cinco días manifiesten decisión de recoger los   terreno es de 5.000,00 m2 (Lote C), según plano S16R-223, siendo   terreno es de 2.500,00 m2 (Lote D), según plano S16R-224, siendo
        frutos pendientes, bajo apercibimiento indicado en el artículo 21,   sus deslindes particulares los que se señalan en la resolución exenta   sus deslindes particulares los que se señalan en la resolución exenta
        Decreto Ley 2.186, de 1978, conminando a titulares de derechos   de expropiación. Conforme artículo 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo   de expropiación. Conforme artículo 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo
        reales constituidos con anterioridad acto expropiatorio de autos   por efectuada consignación suma de $171.730.000.-, por concepto   por efectuada consignación suma de $85.675.000.-, por concepto
        y a los acreedores que, antes fecha publicación Diario Oficial,   de valor total de indemnización provisional expropiación de autos;   de valor total de indemnización provisional expropiación de autos;
        hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten   ordenó practicar publicaciones del artículo 23 del Decreto Ley   ordenó practicar publicaciones del artículo 23 del Decreto Ley
        dominio del expropiado o ejercicio facultades de dueño, para que   2.186 para poner en conocimiento del expropiado, arrendatarios   2.186 para poner en conocimiento del expropiado, arrendatarios
        dentro del plazo 20 días contados desde publicación último aviso,   y otros titulares de derechos, la solicitud de la expropiante para   y otros titulares de derechos, la solicitud de la expropiante para
        hagan valer sus derechos en procedimiento de liquidación monto   tomar posesión material del inmueble expropiado, para que den-  tomar posesión material del inmueble expropiado, para que den-
        indemnización bajo el apercibimiento que señala el artículo 23   tro del plazo de cinco días manifiesten decisión de recoger los   tro del plazo de cinco días manifiesten decisión de recoger los
        del citado Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario.   frutos pendientes, bajo apercibimiento indicado en el artículo 21,   frutos pendientes, bajo apercibimiento indicado en el artículo 21,
        15/                                               Decreto Ley 2.186, de 1978, conminando a titulares de derechos   Decreto Ley 2.186, de 1978, conminando a titulares de derechos
                                                          reales constituidos con anterioridad acto expropiatorio de autos   reales constituidos con anterioridad acto expropiatorio de autos
        NOTIFICACIÓN                                      y a los acreedores que, antes fecha publicación Diario Oficial,   y a los acreedores que, antes fecha publicación Diario Oficial,
        2° Juzgado de Letras en lo Civil de Chillán, de fecha 9 de junio de   hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten   hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten
        2023, en causa Rol N° V-91- 2023 “Servicio de Vivienda y Urbaniza-  dominio del expropiado o ejercicio facultades de dueño, para que   dominio del expropiado o ejercicio facultades de dueño, para que
        ción Región de Ñuble”, por expropiación del inmueble ubicado en   dentro del plazo 20 días contados desde publicación último aviso,   dentro del plazo 20 días contados desde publicación último aviso,
        CAMINO A QUILMO Nº 629, Rol de Avalúo 02201-00257, comuna   hagan valer sus derechos en procedimiento de liquidación monto   hagan valer sus derechos en procedimiento de liquidación monto
        de Chillán; la superficie afecta a expropiación Total de 88.450,67   indemnización bajo el apercibimiento que señala el artículo 23   indemnización bajo el apercibimiento que señala el artículo 23
        m2 de terreno (Lote A) y total de 241.602 m2 de edificaciones,   del citado Decreto Ley Nº 2.186. El Secretario.  del citado Decreto Ley Nº 2.186. El Secretario.
        según plano S16R-222, siendo sus deslindes particulares los que se   15/                           15/
        señalan en la resolución exenta de expropiación. Conforme artículo
        51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo por efectuada consignación suma
        de $3.243.138.076, por concepto de valor total de indemnización
        provisional expropiación de autos; ordenó practicar publicaciones
        del art. 23 del Decreto Ley 2.186 para poner en conocimiento del
        expropiado, arrendatarios y otros titulares de derechos, la solicitud
        de la expropiante para tomar posesión material del inmueble expro-
        piado, para que dentro del plazo de cinco días manifiesten decisión
        de recoger los frutos pendientes, bajo apercibimiento indicado en
        el artículo 21, Decreto Ley 2.186, de 1978, conminando a titulares de
        derechos reales constituidos con anterioridad acto expropiatorio de
        autos y a los acreedores que, antes fecha publicación Diario Oficial,
        hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten
        dominio del expropiado o ejercicio facultades de dueño, para que
        dentro del plazo 20 días contados desde publicación último aviso,
        hagan valer sus derechos en procedimiento de liquidación monto
        indemnización bajo el apercibimiento que señala el artículo 23 del
        citado Decreto Ley Nº2. 186. El Secretario.
        15/

                                                                                   Guía de Oficios





















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                                                                                                                                    DR. HELMUT SCHWEITZER
                                                                                   PAMELA JIMÉNEZ SEPÚLVEDA  DR. MIGUEL ÁNGEL       DELAUNOY
                                                                                   Abogada Magister en Derecho  CONTRERAS CARRASCO  Cirujano Dentista
                                                                                                                                    Universidad de Chile
                                                                                   Penal                    Cirujano Dentista       Implantes dentales -
                                                                                   Otras áreas: Familia, Civil  Periodoncista       Rehabilitación
                                                                                   Bulnes N° 832 oficina 8, Chillán  Atiende: de lunes a viernes  Constitución 882, Chillan
                                                                                   +56992437274             18 de Septiembre 685    42-2324030
                                                                                   [email protected]  42-2224361 - 982073937   998876358
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